Solicitud de ayuda a inversiones en explotaciones agrícolas y ganaderas.
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Convocar ayudas para el apoyo a las inversiones en explotaciones agrarias, de conformidad con lo establecido en el Orden 194/2020 , de 21 de diciembre, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la creación de empresas agrias por jóvenes y ayudas a inversiones en explotaciones agrícola
Personas físicas y personas jóvenes ya instaladas, explotaciones de titularidad compartida y personas jurídicas titulares de explotación agraria con preexistencia superior a 12 meses salvo que se incorporen como socios/as personas jóvenes que soliciten la ayuda a la creación de empresas agrarias al amparo de la convocatoria de la Resolución de 11/02/2021.
Personas físicas que cotizan a la seguridad social agraria y tienen capacitación suficiente, y personas jóvenes instaladas en los últimos 5 años.
Explotaciones de titularidad compartida y personas jurídicas titulares de explotaciones prioritarias con preexistencia superior a 12 meses salvo que se incorporen como socios/as personas jóvenes que soliciten la ayuda a la creación de empresas agrarias al amparo de la convocatoria de la Resolución de 11/02/2021.
Las explotaciones deberán tener una renta unitaria del trabajo entre los 10.000 y 35.000 euros.
El procedimiento de estas subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva. Los criterios de selección de operaciones, establecidos en el artículo 19 de la Orden de bases reguladoras, se aplicarán de manera obligatoria, a todas las solicitudes de ayuda. La puntuación mínima que se debe alcanzar para poder tener acceso a la ayuda será de 30 puntos.
6 MESES.
La ayuda para el apoyo a las inversiones en explotaciones agrícolas consistirán en una subvención de capital. Se establece un porcentaje básico de ayuda del 40% de la inversión financiable. Dicho porcentaje básico se podrá incrementar en su caso conforme a los porcentajes adicionales establecidos en el artículo 17.2 de la Orden de bases. El porcentaje básico más estos incrementos no podrán superar el 50% de la inversión financiable.
Cuando el beneficiario sea un joven incorporado en los últimos 5 años obtendrá un porcentaje adicional del 20%.
Desestimatorio
PARA ACREDITAR LA ADMISIBILIDAD DEL BENEFICIARIO: última declaración IRPF y dos más de los últimos 5 años, informe de vida laboral, contrato de trabajo, NIF del cónyuge y acreditación de la capacitación.
EN CASO DE PERSONAS JURÍDICAS, además: NIF dela persona representante y acreditación de la representación, documentos de constitución, Estatutos y sus modificaciones, relación de socios y IVL y IRPF de los socios agricultores profesionales.
EN CASO DE TRABAJADORES CONTRATADOS: informe de cuenta de cotización o documentación equivalente.
RELACIONADA CON LA EXPLOTACIÓN: derechos de riego, acreditación de medios de producción, justificación de las discrepancias entre la explotación y la justificada en la última PAC.
RELACIONADA CON LAS INVERSIONES: Plan de Inversiones, facturas proforma, escrituras de propiedad o contratos de arrendamiento, planos con ubicación de inversiones, proyectos de obras y riego, auditorias energéticas y licencias de obra.
RELACIONADA CON LOS CRITERIOS DE PRIORIZACIÓN: desarrollo de proyectos de I+D+i, pertenencia a agrupaciones de productores, certificados de cursos de la medida 1.1., pólizas de seguros agrarios.
EN CASO DE NO AUTORIZAR A LA ADMINSITRACIÓN A OBTENERLOS: fotocopia NIF, certificados de no tener deudas con la Hacienda Estatal, Autonómica y la Seguridad Social.
- Escrituras de propiedad de los terrenos y contratos de arrendamiento
- Derechos de riego
- NIF dela persona representante y acreditación de la representación
- Documentos de constitución, Estatutos y sus modificaciones.
- Relación de socios
- Otros
CONSEJERIA: Dirección General de Desarrollo Rural - Tfno: 925244489. mail: jovenesclm@jccm.es
D.P. ALBACETE: Tfno: 967558500. mail: agri-albacete@jccm.es
D.P. CIUDAD REAL: Tfno: 926279500. mail: dpagcr@jccm.es
D.P. CUENCA: Tfno: 969178300. mail: agri-cu@jccm.es
D.P. GUADALAJARA: Tfno: 949885300. mail: agri-guadalajara@jccm.es
D.P. TOLEDO: Tfno: 925266800. mail: agri-toledo@jccm.es
- Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias.
- Orden de 13 de diciembre de 1995 por la que se desarrolla el apartado 1 del artículo 16 y la disposición final sexta de la Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias.
- Orden 194/2020, de 21 de diciembre, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la creación de empresas agrarias para jóvenes y a las inversiones en explotaciones agrícolas y ganaderas en el marco de las submedidas 6.1 y 4.1 del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha para el periodo de programación 2014-2020.
- Orden APA/171/2006, de 26 de enero, por la que se modifica la Orden de 13 de diciembre de 1995, por la que se desarrolla el apartado 1 del artículo 16 y la disposición final sexta de la Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias.
- Resolución de 14/11/2022, de la Dirección General de Desarrollo Rural, por la que se modifica la Resolución de 20/05/2021 por la que se convocan, para el año 2021, por el procedimiento de tramitación anticipada, las ayudas a las inversiones en explotaciones agrícolas y ganaderas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020, por inclusión de los Fondos IRUE.
- Resolución de 27/08/2021, de la Dirección General de Desarrollo Rural, por la que se modifica la Resolución de 20/05/2021, por la que se convocan, para el año 2021, las ayudas a las inversiones en explotaciones agrícolas y ganaderas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020, ampliando el plazo de presentación de solicitudes.
- Resolución de 20/05/2021, de la Dirección General de Desarrollo Rural, por la que se convocan, para el año 2021, por el procedimiento de tramitación anticipada, las ayudas a las inversiones en explotaciones agrícolas y ganaderas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020.
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