Justificación subvenciones destinadas a la producción de largometrajes en Castilla-La Mancha.

Consejería de Educación, Cultura y Deportes
Código de procedimiento: 1004719

En plazo

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Plazo de presentación:

El plazo de justificación será de un mes desde la finalización de la ejecución del proyecto subvencionado y, en todo caso, la justificación de la subvención deberá presentarse antes del 15 de septiembre de 2023.

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

La comprobación de la justificación de la subvención, en los términos establecidos del ordinal decimotercero de la Resolución de convocatoria, mediante cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto, incluyendo la documentación especificada en la base decimotercera de la Orden 85/2021, de 10 de junio.

Las personas o entidades beneficiarias de la subvención.

Las personas o entidades beneficiarias deben cumplir los requisitos establecidos en el ordinal tercero de la Resolución de convocatoria.

Las personas o entidades beneficiarias deberán justificar la totalidad del gasto del proyecto por el que se concedió la subvención, en las cuantías establecidas en el presupuesto aprobado, como se establece en la base decimotercera de la Orden 85/2021, de 10 de junio.

SEIS MESES A CONTAR DESDE LA FECHA DE LA PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA Y SU EXTRACTO EN EL DIARIO OFICIAL DE CASTILLA-LA MANCHA.

Desestimatorio

La justificación se presentará de forma telemática con firma electrónica, mediante la presentación del anexo III Justificación de la subvención, disponible en la Sede Electrónica de la Administración de la JCCM (https://www.jccm.es), acompañando la documentación especificada en el apartado 3 de la base decimotercera de la Orden 85/2021, de 10 de junio:

a) Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.
b) Una memoria económica justificativa del coste total de las actividades realizadas, que contendrá:

b.1) Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad.
b.2) Las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación a que se hace referencia en el apartado anterior y la documentación acreditativa.
b.3) Una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada.
b.4) Los tres presupuestos que, en aplicación del artículo 31.3 de la Ley General de Subvenciones, deba de haber solicitado el beneficiario.
b.5) En su caso, la carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados, así como de los intereses derivados de los mismos.
b.6) Declaración responsable relativa a todas las ayudas de minimis percibidas por el solicitante en el ejercicio fiscal actual y en los dos ejercicios fiscales anteriores.

c) Prueba gráfica del material de difusión que evidencie tanto la utilización del logotipo institucional de la JCCM, así como el resto de obligaciones relativas a las medidas de difusión a adoptar.
d) Dos copias de la obra audiovisual en su versión definitiva en soporte digital con el formato indicado en la convocatoria, junto con el justificante de su presentación en el depósito legal.
e) La autorización establecida establecida en el apartado l) de la base 15ª.

Las entidades beneficiarias de las subvenciones podrán obtener información adicional a través del siguiente número de teléfono 925 288 085 y del correo electrónico teatro.musica.cine@jccm.es

Modelos del trámite

Anexo III. Justificación de la subvención.