Convocatoria de los programas de incentivos 1, 2 y 3 para actuaciones de autoconsumo, con fuentes de energías renovables, para el sector servicios y otros sectores productivos.

Consejería de Desarrollo Sostenible
Código de procedimiento: 1004780

Fuera de plazo presentación solicitudes

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Convocar para 2021, 2022 y 2023, ayudas públicas destinadas a actuaciones de autoconsumo, con fuentes de energías renovables, correspondientes a los programas 1, 2 y 3 establecidos en Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo.

a) Personas jurídicas, personas físicas y agrupaciones de las figuras anteriores, con o sin personalidad jurídica, que realicen actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado, incluyendo, entre otros:
1.º Gestores de polígonos industriales, de naturaleza pública o privada.
2.º Empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de actuaciones en el ámbito de la energía.
3.º Empresas de servicios energéticos (ESEs), o proveedores de servicios energéticos.
b) Comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía.
c) Entidades locales y sector público institucional de cualesquiera Administraciones Públicas del art.2.2 de la ley 40/2015, así como entidades u organizaciones privadas sin ánimo de lucro, siempre que realicen actividad económicas que ofrezca b bienes o servicios en el mercado.

Los requisitos esenciales para solicitar las ayudas objeto de convocatoria, las condiciones, así como la forma de acreditación de las mismas, serán los establecidos en los artículos 11, 12 y 13 del Real Decreto 477/2021, de 29 de junio.
Las personas destinatarias últimas de los programas de incentivos 1, 2 y 3 deberán desempeñar su actividad dentro de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE) señalada en los apartados 3, 4, 5 y 6 del artículo 11 del Real Decreto 477/2021, de 29 de junio.

Estas ayudas se concederán en régimen de concurrencia simplificada, por riguroso orden de entrada, conforme a lo dispuesto en los artículo 16 del Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, al amparo de lo establecido en el artículo 75.2.c) del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla la Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre y en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Las cuantías y límites de las ayudas para cada una de las actuaciones subvencionables objeto de la presente convocatoria, serán las establecidas, respectivamente, en el anexo III del Real Decreto 477/2021, de 29 de junio.

Desestimatorio

La establecida en apartado noveno de la convocatoria, y el anexo II del Real Decreto 477/2021, de 29 de junio:
- Copia del DNI, si no autoriza expresamente su consulta.
- En el caso de personas jurídicas, copia del NIF y escritura o documento de constitución.
- En su caso, documento acreditativo de la representación.
- Prof. autónomos: certificado de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores expedido por la AEAT.
- Certificado de estar al corriente en las obligaciones tributarias, reintegro de subvenciones y frente a la Seg. Social cuando la ayuda supere 18.000 euros ó 60.000 euros tratándose de ayudas concedidas a entidades sin ánimo de lucro, federaciones, confederaciones o agrupaciones de las mismas, o familias y las personas destinatarias últimas no sean Administraciones Públicas u organismos, entidades públicas y fundaciones del sector público cuando no haya autorizado expresamente a su consulta o se oponga expresamente para su consulta.
- En el caso de incluir sistemas de almacenamiento, declaración responsable firmada por persona técnica que acredite que el sistema de almacenamiento no estará conectado a la red.
- Documento acreditativo de la residencia fiscal, en su caso
- Presupuesto de la empresa o empresas que realizarán la ejecución de las actuaciones, de fecha posterior a 30/06/2021.(3 presupuestos cuando coste subvencionable supere cuantías contrato menor).
- Para instalaciones superior a 100 kW, informe con: Plan estratégico, justificación de no causar daño significativo a ninguno de los objetivos medioambientales y memoria sobre residuos generados.
- En caso de solicitar anticipo de la ayuda, y ser una administración pública, certificación del órgano competente de estar al corriente del pago de las obligaciones de reembolso de cualesquiera otros anticipos concedidos anteriormente con cargo a los fondos europeos en los Presupuestos Generales del Estado.

1) Oficina de asesoramiento energético de Castilla-La Mancha

Aqui el texto del enlace...

Teléfono: 926 100 440

Correo: info@oficinaenergeticaclm.es


2) Página de la DG de Transición Energética - AYUDAS AUTOCONSUMO, ALMACENAMIENTO E INSTALACIONES TÉRMICAS:

Pinche aquí

(incluye los modelos de cartel publicitario para señalizar la instalación -en el apartado "descargas"- y cuya fotografía se debe incorporar en el reportaje fotográfico)

Modelos del trámite

Anexo IV
Anexo VI
Anexo IX
Anexo X
Modelo representación autoconsumo
Declaración de compromiso (PRTR) de beneficiario/a
Declaración responsable CNAE
Anexo VII