ERTE por Mecanismo RED
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Abierto permanentemente
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Recibir las solicitudes efectuadas por las empresas, requerir el correspondiente informe de la Inspección de Trabajo, y en cualquier caso, dictar la correspondiente resolución por la que se declara que concurre la situación cíclica o sectorial y la aplicación del mecanismo RED, o bien se desestima la misma.
Todas las personas físicas y jurídicas empresarias de la Región
El expediente tiene que estar justificado en la aprobación por el Consejo de Ministros de un mecanismo RED, según lo establecido en el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, modificado por el Real Decreto-Ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo.
Si el periodo de consultas concluye con acuerdo, se autoriza la aplicación del mecanismo.
Si concluye sin acuerdo, si de la documentación aportada se deduce que concurre la situación cíclica o sectorial, se estimará la solicitud y se autoriza la aplicación del mecanismo. En caso contrario, se desestimará.
Copia electrónica en PDF de los siguientes documentos:
-Documentación acreditativa de la representación para presentar esta comunicación, en su caso, por cualquiera de los medios establecidos en el apartado 4 del artículo 5 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
-Copia de la comunicación de la intención de la empresa de iniciar la tramitación del mecanismo red a la representación de las personas trabajadoras, o, en caso de no existir, a las personas trabajadoras.
-Documentación acreditativa de que concurre en la empresa la situación cíclica o sectorial incluida en el mecanismo red aprobado.
-Periodo de aplicación de las medidas de reducción y/o suspensión.
-Identificación de las personas trabajadoras afectadas por las medidas, con el tipo de medida, porcentaje de reducción y número de diás de suspensión.
-Copia de la comunicación del inicio del periodo de consultas a la representación de las personas trabajadoras, o, en caso de no existir, a las personas trabajadoras.
-Identificación de las personas que integrarán la comisión negociadora y la comisión representativa de las personas trabajadoras, o indicación de la falta de constitucón de esta última en plazo.
-Plan de recualificación de las personas afectadas (Solo para la modalidad sectorial).
Los usuarios disponen en esta página de una guía de presentación telemática de solicitudes.
Los usuarios podrán consultar problemas relacionados con el funcionamiento de esta aplicación en el correo "webmaster@jccm.es" y disponen de un listado de los/as gestores/as de este procedimiento para consultar problemas relacionados con el contenido de la solicitud, documentación a presentar y requisitos.
La comunicación del fin del periodo de consultas se efectúa mediante el Anexo II, adjuntándolo al expediente original mediante el trámite "Consulta de expedientes y presentación de documentos adicionales".
- Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo.
- Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
- RD 1483/2012, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada.
- Real Decreto 384/1995, de 10 de marzo, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en materia de trabajo (ejecución de la legislación laboral).
- Decreto 99/2013, de 28/11/2013, por el que se atribuyen competencias en materia de cooperativas, sociedades laborales, trabajo, prevención de riesgos laborales y empleo.
Si deseas recibir alertas sobre actualización de este trámite (alertas, notificaciones, comunicaciones)… Accede al Servicio de Alertas Informativas