Comunicación de las cuentas anuales relativas a las ayudas estatales de minimis destinadas a las centrales de acondicionamiento de frutas afectadas por heladas asociadas a la borrasca Ciril

Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural
Código de procedimiento: 1005070

Fuera de plazo presentación solicitudes

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

La presente Orden tiene por objeto precisar las bases reguladoras de la concesión de las ayudas estatales de minimis destinadas a las centrales de acondicionamiento de fruta afectadas por las heladas asociadas a la borrasca Ciril entre el 2 y el 5 de abril de 2022 y realizar su convocatoria.

Las Organizaciones de Productores reconocidas por el Real Decreto 532/2017, de 26 de mayo, por el que se regulan el reconocimiento y el funcionamiento de las organizaciones de productores del sector de frutas y hortalizas, que sean titulares de centrales de acondicionamiento

a) Estar reconocidas para alguna de las categorías de reconocimiento establecidas en el Anexo III del Real Decreto 532/2017, de 26 de mayo, que incluyan alguno de los productos de los sectores de fruta de hueso, fruta de pepita y/o frutos secos.
b) Tener efectivos productivos en las comarcas recogidas en el Anexo I del Real Decreto 749/2022, de 13 de septiembre, o estén afectadas por entregas de terceros procedentes de estas comarcas.
c) Acreditar una pérdida del valor de producción comercializada (en adelante VPC) en 2022 superior al 30% del VPC medio del último quinquenio 2017-2021 (eliminando el dato de VPC menor y el VPC mayor de la serie) e incluyendo las producciones de terceros.
d) No haber obtenido subvenciones acogidas al régimen de minimis por importe de 200.000 ¿ por cualquier concepto, durante el periodo de los dos ejercicios fiscales anteriores a cada convocatoria y durante el ejercicio fiscal en curso.

Fase de aprobación: se comprobará el cumplimiento de las solicitudes de ayuda con los requisitos establecidos en la orden XX/2022, de XX de septiembre, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se precisan las bases reguladoras de ayudas estatales de minimis establecidas por el Real Decreto 749/2022, de 13 de septiembre, destinadas a las centrales de acondicionamiento de fruta afectadas por las heladas asociadas a la borrasca Ciril y se realiza su convocatoria.

La cuantía máxima de la subvención será de 200.000 euros/beneficiario.
Si una empresa beneficiaria ha recibido por cualquier concepto otras ayudas de minimis de acuerdo con el Reglamento (UE) nº1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, en cualquier período dentro de este ejercicio fiscal y los dos anteriores y que, sumadas a la cuantía que pudiera corresponderle en virtud del Real Decreto 749/2022, excedieran los 200.000 euros importe, el importe de la subvención se reducirá hasta no exceder el citado límite.
En ningún caso la cuantía de la subvención podrá tener un valor superior a la diferencia existente entre VPC para 2022 y VPC medio del último quinquenio (2017-2021) eliminando el dato VPC menor y VPC mayor de la serie
Si en virtud del número de solicitudes se superase el límite presupuestario de subvención, éste se repartirá mediante un sistema de degresividad conforme establece el artículo 4.2 Real Decreto 749/2022, de 13 de septiembre.

Desestimatorio

La persona representante de la OPFH debe adjuntar junto a esta solicitud:
1.- Cuentas anuales correspondientes al ejercicio cerrado 2021 presentadas en el Registro correspondiente y realizadas de acuerdo con el Plan General de Contabilidad
2. -.- Cuentas anuales correspondientes al ejercicio cerrado 2022 presentadas en el Registro correspondiente y realizadas de acuerdo con el Plan General de Contabilidad

La notificación de trámites relacionados con la presente solicitud se realizará por la administración de forma electrónica, para lo cual las organizaciones de productores deberán darse de alta en la Plataforma de Notificaciones Electrónicas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha: https://notifica.jccm.es/notifica En el supuesto que la OPFH no haya cumplido con la obligación impuesta en el apartado anterior, la administración procederá, de oficio, a darle de alta.