Premios Formación Profesional para el empleo

Consejería de Economia, Empresas y Empleo
Código de procedimiento: 1005190

Fuera de plazo presentación solicitudes

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Online

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Presencial

Presencial

A través de los siguientes lugares de presentación.

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

La finalidad de estos premios es reconocer a las personas físicas y jurídicas que, mediante su labor y especial dedicación, hayan contribuido de manera destacada a la formación profesional para el empleo en el ámbito de Castilla-La Mancha.

a) Entidades y centros de formación, públicos y privados, acreditados y/o inscritos en el Registro Estatal de Entidades de Formación del sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral. b) Las empresas que presenten proyectos de formación y, en su caso, de acompañamiento para la acreditación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral. Las empresas podrán ser de titularidad de personas físicas, sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada y otras formas jurídicas admitidas en derecho. c)Las agrupaciones de empresas, consorcios, organismos y entidades sectoriales, de cualquier dimensión, que presenten proyectos de formación y, en su caso, de acompañamiento para la acreditación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral. d) Las entidades sin ánimo de lucro que presenten proyectos de formación. e) Alumnado y personas formadoras que desarrollen las acciones de formación profesional para el empleo.

a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como encontrarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones públicas.

b) En su caso, no haber sido sancionadas, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por la comisión de infracciones graves o muy graves en materia de prevención de riesgos laborales.

c) En su caso, no haber sido objeto de sanción por resolución administrativa firme o condenadas por sentencia judicial firme por llevar a cabo prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente.

d)En su caso, no haber sido objeto de sanciones en firme por incumplimiento de condiciones especiales de ejecución de un contrato administrativo atinentes a la no discriminación por razón de sexo.

e) En su caso, no haber sido sancionadas, mediante resolución firme, por infracción grave o muy grave en materia de formación profesional para el empleo.

Se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, mediante la comparación de las candidaturas presentadas según criterios establecidos en la orden.

Tres meses desde la presentación de solicitud.

En ningún caso, la concesión de los Premios a la Formación Profesional para el Empleo de Castilla-La Mancha 2023, conllevará compensación económica para la persona o entidad galardonada. Tienen carácter honorífico, aspirando su concesión a reconocer la labor y especial dedicación en la formación profesional para el empleo como consecución de una mejora en el acceso al mercado laboral.

Desestimatorio

Memoria (Anexo II), donde se debe describir de forma sucinta la empresa, actividad que desarrolla y los méritos destacados para poder evaluar según los criterios establecidos.


Se podrán aportar, de forma voluntaria, pruebas gráficas siempre que no superen los 5 Mb de capacidad

Modelos del trámite

Anexo II
Solicitud Premios FPE