Inscripción en el catalogo de explotaciones prioritarias
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Abierto permanentemente
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
- Actualizar el catálogo de explotaciones prioritarias en Castilla- La Mancha.
- Altas, bajas y modificaciones de las explotaciones consideradas como prioritarias.
Personas físicas y jurídicas titulares de explotación agraria
Explotaciones agrarias que posibiliten la ocupación de, al menos, una unidad de trabajo agrario, cuya renta unitaria de trabajo sea igual o superior al 35 por 100 de la renta de referencia e inferior al 120 por 100 de ésta.
Los titulares personas físicas deben haber cumplido dieciocho años y no haber cumplido sesenta
y cinco años, ser agricultor profesional, tener capacitación suficiente, estar dado de alta en el RETA de la SS y residir en la comarca en donde radique la explotación o limítrofes.
En el caso de explotaciones asociativas deben tener las siguientes formas jurídicas recogidas en los artículos 5 y 6 de la Ley 19/95 de modernización de las explotaciones y como norma general, al menos el 50 % del capital social estará en manos de socios que sean agricultores profesionales.
3 MESES
Estimatorio
En función de la orientación productiva de la explotación:
1- En caso de personas físicas
- Fotocopia última declaración IRPF y dos más de los últimos 5 años
- Escrituras de propiedad de los terrenos
- Contratos de arrendamientos
- Libro de explotación ganadera
- Documento acreditativo de la capacitación profesional
- Certificado empadronamiento
- Cotizaciones a la Seguridad Social (TC1/TC2)
- Declaración PAC
- Otros
2- En caso de personas jurídicas, además:
- Fotocopia CIF
- NIF del representante y acreditación de la representación
- Documentos de constitución, Estatutos y sus modificaciones.
- Relación de socios
- Otros:
CONSEJERIA: Dirección General de Desarrollo Rural - Tfno: 925266700. mail: dgdr@jccm.es
D.P. ALBACETE: Tfno: 967558500. mail: agri-albacete@jccm.es
D.P. CIUDAD REAL: Tfno: 926279500. mail: dpagcr@jccm.es
D.P. CUENCA: Tfno: 969178300. mail: agri-cu@jccm.es
D.P. GUADALAJARA: Tfno: 949885300. mail: agri-guadalajara@jccm.es
D.P. TOLEDO: Tfno: 925266800. mail: agri-toledo@jccm.es
- Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias.
- Orden APA/171/2006, de 26 de enero, por la que se modifica la Orden de 13 de diciembre de 1995, por la que se desarrolla el apartado 1 del artículo 16 y la disposición final sexta de la Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias.
- Orden de 13 de diciembre de 1995 por la que se desarrolla el apartado 1 del artículo 16 y la disposición final sexta de la Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias.
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