Solicitud de abono de la subvención para la redacción de instrumentos de planeamiento.
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Un mes desde la fecha de terminación de cada fase de las actuaciones según los plazos previstos en la resolución de concesión.
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Solicitar el pago de las actuaciones realizadas en cada una de las fases previstas en la resolución de concesión.
Ayuntamientos beneficiarios de las subvenciones reguladas en la Orden 94/2018, de 11 de junio de la Consejería de Fomento.
Presentación de la solicitud en el plazo máximo de un mes desde la terminación de las actuaciones previstas en cada fase.
Aportar la siguiente documentación a efectos de justificación:
1º Memoria de la actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención,.
2º Una relación clasificada de los gastos, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y fecha de pago, entre ellos se incluirá copia debidamente autentificada del contrato administrativo de servicios junto con los pliegos.
3º Facturas originales o copias compulsadas y justificantes de pago de los honorarios de los técnicos intervinientes conforme a la Orden de 7 de mayo de 2008, de la Consejería de Economía y Hacienda.
4º Certificación del órgano o unidad que tenga a su cargo la contabilidad municipal en la que conste la relación individualizada de todos los gastos y pagos realizados y la aprobación de las facturas por órgano competente.
El abono de la subvención se realizará de forma fraccionada, en los porcentajes que se indican a continuación:
a) Tras la aprobación inicial del instrumento de planeamiento se abonará el 50% del importe total de la subvención.
b) El 50% restante se abonará tras la publicación de la aprobación definitiva del correspondiente instrumento de planeamiento, realizada de acuerdo con lo establecido en la normativa urbanística.
El pago de cada fase requerirá la efectiva justificación de la actuación.
2 MESES
Los previstos en la resolución de concesión que, en ningún caso podrán exceder los 50.000 Euros en el caso de municipios hasta 10.000 habitantes y de 40.000 Euros si se trata de Municipios cuya población de derecho no supere los 5.000 habitantes, cuantías que podrán incrementarse en un 10 % para aquellos Municipios cuyos instrumentos de planeamiento general incluyan la realización de actuaciones concretas de rehabilitación urbana. Para Planes Especiales para la Protección de cascos históricos y Planes de Reforma Interior que tengan por objeto el desarrollo de Actuaciones Regeneración y Renovación Urbana la cuantía máxima será de 30.000 euros por instrumento.
Desestimatorio
Se aportará la siguiente documentación a efectos de justificación:
1º Memoria de la actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención,.
2º Una relación clasificada de los gastos, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y fecha de pago, entre ellos se incluirá copia debidamente autentificada del contrato administrativo de servicios junto con los pliegos.
3º Facturas originales o copias compulsadas y justificantes de pago de los honorarios de los técnicos intervinientes conforme a la Orden de 7 de mayo de 2008, de la Consejería de Economía y Hacienda.
4º Certificación del órgano o unidad que tenga a su cargo la contabilidad municipal en la que conste la relación individualizada de todos los gastos y pagos realizados y la aprobación de las facturas por órgano competente.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Decreto Legislativo 1/2002, de 19/11/2002, Consejo de Gobierno, POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA
- Decreto Legislativo 1/2010, de 18/05/2010, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística.
- Decreto 21/2008, de 05/02/2008, Consejo de Gobierno, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE DESARROLLO DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA EN MATERIA DE SUBVENCIONES, APROBADO POR DECRETO LEGISLATIVO 1/2002, DE 19 DE NOVIEMBRE
- Decreto 178/2010, de 01/07/2010, por el que se aprueba la Norma Técnica de Planeamiento para Homogeneizar el Contenido de la Documentación de los Planes Municipales.
- Resolución de 12/05/2021, de la Dirección General de Planificación Territorial y Urbanismo, por la que se modifica la Resolución de 21/11/2018, de la Dirección General de Vivienda y Urbanismo, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones públicas para la financiación de actuaciones en materia de redacción de diversos instrumentos de planeamiento urbanístico a consecuencia de la situación creada por la evolución de la pandemia del COVID-19.
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