Convocatoria para la constitución de la bolsa de trabajo del cuerpo de letrados de la administración de la junta de comunidades de Castilla-La Mancha.

Presidencia de la Junta de Comunidades
Código de procedimiento: 1005438

Fuera de plazo presentación solicitudes

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Presencial

Presencial

A través de los siguientes lugares de presentación.

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Proceso selectivo para la ampliación de la bolsa de trabajo del Cuerpo de Letrados de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, al objeto de cubrir con personal funcionario interino las plazas vacantes que resulten necesarias.

Tener la nacionalidad española o la de un estado miembro de la Unión Europea. También podrán participar sus cónyuges, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Igualmente, podrán hacerlo las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
Estar en posesión de las titulaciones académicas de Licenciatura o Grado en Derecho
Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, no hallarse en inhabilitación absoluta, ni hallarse en inhabilitación para el ejercicio de las funciones propias del cuerpo, escala o categoría objeto de la convocatoria mediante sentencia firme o por haber sido despedido disciplinariamente.
Haber superado ejercicios en pruebas de acceso por oposición libre en los cuerpos que indica la base 6 de la convocatoria o haber prestado servicios en cualquiera de ellos.

a) Superación de ejercicios de acceso por oposición libre, celebrados después del 1 de enero de 2012,en los cuerpos que indica la base 6.1. Se valorará cada ejercicio superado con un punto, hasta un máximo de tres.
b) Haber prestado servicios en cualquiera de los cuerpos antes mencionados, desde el 1 de enero de 2012 en adelante: hasta 4 puntos. Cada día de servicio se valorará con 0,00109589 puntos.

- Pago de la tasa: la persona aspirante debe abonar la tasa por derechos de examen correspondiente a los procesos selectivos de carácter temporal para el grupo A1, por importe de 33,43 euros (artículo 366 en relación al artículo 368.2 de la Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha y otras medidas tributarias).
- En función de las bonificaciones aplicables, previstas en el artículo 368 de la Ley 9/2012, de 29 de noviembre, en razón de circunstancias del procedimiento y personales de los aspirantes, las cuantías resultantes podrán ser de 29,25 euros (30 %), 8,36 euros (80 %), o 12,54 euros (70 %).

Desestimatorio

La acreditativa de los méritos alegados.

SERVICIO JURÍDICO Y DE PERSONAL: personalpresidencia@jccm.es; teléfonos 925266674, 925266827 o 925267733.