Procedimiento para la selección de Grupos de Desarrollo Rural y Estrategias de Desarrollo Local Participativo en el marco del Plan Estratégico de la PAC en Castilla-La Mancha para el periodo 2023-2027
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Regular las condiciones y convocar la selección de los Grupos de Desarrollo Rural y Estrategias de Desarrollo Local Participativo para Castilla-La Mancha en el periodo 2023-2027
Entidades de naturaleza asociativa compuestas por representantes de intereses socioeconómicos locales, públicos y privados, en los que ningún grupo de interés único controle la toma de decisiones. En todo caso, en la Junta Directiva u órgano similar, estarán representados, entre otros, las organizaciones profesionales agrarias, las organizaciones empresariales, las cooperativas agrarias, asociaciones de personas discapacitadas, organizaciones de mujeres, organizaciones juveniles y similares
La tramitación se inicia con la presentación de solicitud por parte de la entidad interesada.
1. El número de Grupos de Desarrollo Rural no podrá ser superior a 29
2. Para superar el proceso de selección, las solicitudes deberán obtener, al menos, 60 puntos y no haber obtenido 0 puntos en ninguno de los criterios relativos a la estrategia determinados como obligatorios.
3. Se definen los siguientes tipo de criterios:
3.1. Relativos a la Estrategia (obligatorios y de calidad). Máxima puntuación posible: 70 puntos
3.2. Relativos a la Entidad candidata (sin valor mínimo obligatorio). Máxima puntuación posible: 25 puntos
Antes del 31 de agosto de 2023
Desestimatorio
1. Estrategia de Desarrollo Local con el contenido indicado en el artículo 4 en soporte informático.
Además, la siguiente documentación con el contenido indicado en el artículo 6.2
2. Documentación de la entidad
3. Acreditación de la capacidad administrativa
4. Sistemas de participación y decisión
5. Información económica
6. Implantación territorial
7. Experiencia en el diseño y gestión de otros programas de desarrollo
En caso de que conste oposición expresa a la consulta de datos se deberán aportar las acreditaciones, documentos y certificados correspondientes.
El órgano instructor verificará que se cumplen los requisitos establecidos en los artículos 3 a 5 de esta orden.
A los efectos de llevar a cabo la comparación y valoración de las solicitudes, se constituirá un órgano colegiado que realizará la valoración según los criterios de priorización establecidos.
En función del informe emitido por la Comisión de Selección, el Director General formulará propuesta provisional de resolución para las solicitudes presentadas que incluirá la propuesta de asignación financiera.
El órgano instructor notificará la apertura de un trámite de audiencia a las entidades, concediéndoles un plazo de 10 días para presentar alegaciones
Examinadas las alegaciones presentadas, en su caso, se formulará la propuesta de resolución definitiva, que deberá contener el listado de Grupos de Desarrollo Rural seleccionados, cuyo número no excederá de 29 conforme al artículo 7.1 y la cuantía de la asignación, especificando su evaluación y los criterios de valoración seguidos para efectuarla
La persona titular de la Consejería resolverá y notificará, antes del 31 de agosto de 2023, las resoluciones de selección de Grupos de Desarrollo Rural, Estrategias y asignación financiera.
Para presentar
subsanaciones a su solicitud Pinche aquí
- Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados
- Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo de 2 de diciembre de 2021 por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) nº. 1305/2013 y (UE) nº. 1307/2013.
- Orden 52/2023, de 21 de marzo, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se regula y convoca el procedimiento para la selección de grupos de desarrollo rural y estrategias de desarrollo local participativo (EDLP), en el marco del Plan Estratégico de la PAC (Pepac) en Castilla-La Mancha, para el periodo 2023-2027, de acuerdo con los artículos 31 al 33 del Reglamento UE 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo. Extracto BDNS (Identif.): 683276.
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