Ayudas para Planes de Igualdad

Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha
Código de procedimiento: 1007496

Fuera de plazo presentación solicitudes

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Online

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva para el año 2023, ayudas destinadas a empresas y otras entidades de la región para la realización, en Castilla-La Mancha, de proyectos para elaborar y aprobar planes de igualdad en la propia entidad que favorezcan la disminución de las desigualdades en su empresa o entidad

Tendrán la condición de entidad beneficiaria las entidades locales de Castilla-La Mancha, con menos de 50 personas trabajadoras, y aquellas entidades que no estén obligadas a contar con un plan de igualdad, que incluye a las empresas, las corporaciones de derecho público de alcance provincial o regional y las entidades sin ánimo de lucro, que cuenten, todas ellas, con un mínimo de 15 y que igualmente cuenten con menos de 50 personas trabajadoras en su plantilla.

Las entidades solicitantes deben cumplir los requisitos establecidos en el artículo 7 de la Orden 40/2023, de 23 de febrero de la Consejería de Igualdad y Portavoz, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para impulsar la igualdad de género, la prevención de la violencia machista y la no discriminación.

Acreditar tener en el momento de presentar la solicitud una plantilla de al menos 15 e inferior a 50 personas trabajadoras.

Los recogidos en el artículo 15 de la Orden 40/2023 de 23 de febrero de la Consejería de Igualdad y Portavoz, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para impulsar la igualdad de género, la prevención de la violencia machista y la no discriminación.

6 meses a partir de la fecha de publicación de la resolución de convocatoria

Desestimatorio

La documentación requerida en el artículo 25.2 de la Orden 40/2023 de 23 de febrero.

El proyecto debe contener al menos los siguientes apartados

1º Denominación del proyecto.

2º Justificación del proyecto: naturaleza y fundamentación del proyecto según el diagnóstico de partida.

3º Objetivos (generales y específicos)

4º Desarrollo el proyecto: Metodología prevista para el diagnóstico: indicadores medibles, evaluación y seguimiento, mecanismos de retroalimentación Actividades y actuaciones. Calendario y presupuesto. Recursos técnicos, personales y económicos.

5º Beneficio social del proyecto y efecto multiplicador del mismo: Número de asociaciones con las que se trabaja en red. Indicar el nombre de esas asociaciones. Localización (local, provincial, interprovincial, regional).Número personas beneficiarias del proyecto.

6º Recursos económicos: Presupuesto del proyecto

Detallar en el proyecto:

- Si la elaboración del plan de igualdad se realiza en la entidad por primera vez.

- Si la entidad tiene el reconocimiento del Distintivo de Excelencia en igualdad de género.

- Implicación de la dirección y de las diferentes áreas o departamentos en el proceso de elaboración del plan.


Además de los requisitos generales:

1º Declaración responsables plantilla no inferior a 15 y menos de 50 personas trabajadoras. RLC y RNT mes anterior solicitud.

2º Declaración responsable garantizar consulta previa con la representación legal de las personas trabajadoras.

3º Declaración responsable acceso representación legal de las personas trabajadoras a la información sobre contenido del plan de igualdad y consecución de sus objetivos.


Modelos del trámite

Formulario de justificación