Concesión de becas y ayudas a personas trabajadoras desempleadas que participen en acciones de formación profesional para el empleo.

Consejería de Economia, Empresas y Empleo
Código de procedimiento: 1009237

En plazo

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Online

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Presencial

Presencial

A través de los siguientes lugares de presentación.

Plazo de presentación:

Un mes desde la incorporación de la persona solicitante a la correspondiente acción formativa o práctica profesional no laboral.

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Concesión de becas y ayudas a personas trabajadoras desempleadas que participen en acciones de formación profesional para el empleo.

Las personas trabajadoras desempleadas que participen en acciones de formación profesional para el empleo.

Los establecidos en los artículos 38, 39 y 40 de la Orden de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se regulan las bases para la concesión de subvenciones para la puesta en marcha del programa de apoyo activo al empleo y se efectúa la convocatoria para 2023.

Los establecidos en los artículos 38, 39 y 40 de la Orden ¿ de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se regulan las bases para la concesión de subvenciones para la puesta en marcha del programa de apoyo activo al empleo y se efectúa la convocatoria para 2023.


Los establecidos en los artículos 39, 40, 41 y 42 de la Orden 178/2020, de 19 de noviembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo.

Un mes desde el día siguiente al de la finalización del curso o prácticas profesionales no laborales

Desestimatorio

La que proceda conforme a lo establecido en Anexo XI.A de la Orden de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se regulan las bases para la concesión de subvenciones para la puesta en marcha del programa de apoyo activo al empleo y se efectúa la convocatoria para 2023.

La información sobre el tipo de becas y ayudas, personas beneficiarias, requisitos y cuantía, se encuentra en la guía del alumnado que entregará a cada persona participante al inicio de cada acción formativa. Toda la información se encuentra disponible a través de los siguientes enlaces:


https://empleoyformacion.castillalamancha.es/ciudadania/formacion/ayudas-y-becas-formacion


https://empleoyformacion.castillalamancha.es/sites/default/files/2022-10/Guia%20del%20Alumnado%20%28Marzo%202022%29.pdf

Modelos del trámite

Anexo XI.A Solicitud de becas y ayudas - Línea 2