Ayudas para la rehabilitación de viviendas en alquiler social en edificios energéticamente eficientes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en Talavera de la Reina.

Consejería de Fomento
Código de procedimiento: 1012116

En plazo

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Plazo de presentación:

La solicitud se presentará en el plazo de un mes desde el otorgamiento del derecho de superficie por la Consejería de Fomento de la Junta de Comunidades.

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Regular la concesión directa de una subvención para la rehabilitación integral de edificios para su destino a vivienda en alquiler social a precio asequible energéticamente eficientes en la localidad de Talavera de la Reina (Toledo).

Será beneficiaria de estas subvención, la empresa o entidad privada que, teniendo su residencia fiscal en España, haya resultado adjudicataria del derecho de superficie sobre las parcelas indicadas en el artículo 3 del Decreto.

Serán beneficiarias de esta ayuda las empresas o entidades privadas que, teniendo su residencia fiscal en España, hayan resultado adjudicatarias del derecho de superficie sobre las parcelas indicadas en el artículo 3, tras el procedimiento de convocatoria pública correspondiente que garantice la concurrencia de ofertas y la transparencia del procedimiento, asumiendo las obligaciones derivadas de la concesión de las mismas y en quienes concurra alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 4, apartado segundo, del Decreto.

La subvención se concederá de forma directa, conforme a lo dispuesto en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el artículo 62.3 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, el artículo 75.2 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha.

Son obligaciones de cada entidad beneficiaria de la subvención las indicadas en el artículo 5 del Decreto y, entre otras:

a) Cumplir la finalidad que fundamenta la concesión de esta subvención, mediante la rehabilitación desde el punto de vista energético de las viviendas del edificio ubicado en la parcela descrita en el artículo 3 del Decreto, en régimen de derecho de superficie, para ser destinadas al alquiler asequible durante un plazo mínimo de 50 años desde la fecha de la calificación definitiva, de acuerdo con las condiciones previstas en este decreto. El destino al arrendamiento a precio asequible deberá constar, en todo caso, en nota marginal en el Registro de la Propiedad.

b) Dedicar el importe íntegro de la subvención al pago de las correspondientes actuaciones.

c) Justificar ante el órgano instructor la realización de las actuaciones y el cumplimiento de la finalidad y de las condiciones determinadas en la resolución de concesión de la subvención.

La resolución de concesión deberá notificarse en el plazo máximo de 15 días hábiles desde la presentación de la solicitud por la entidad seleccionada como superficiaria en la parcela indicada en el artículo 3 propiedad de la Junta de Comunidades.

Junto a la solicitud, las siguientes declaraciones responsables relativas a:

a) Que conoce la normativa de aplicación, sobre cesión y tratamiento de datos, en particular lo establecido por el artículo 22, apartados 2.d) y 3, del Reglamento (UE) 2021/241, del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021; y que acepta la cesión y tratamiento de los datos con los fines expresamente relacionados en dichos artículos.

b) Que se compromete con los estándares más exigentes relativos al cumplimiento de las normas jurídicas, éticas y morales, con adopción de las medidas necesarias para prevenir y detectar el fraude, la corrupción y los conflictos de interés, comunicando en su caso a las autoridades que proceda los incumplimientos observados.

c) Que se compromete a respetar los principios de economía circular y evitar impactos negativos significativos en el medioambiente (DNSH) en la ejecución de las actuaciones llevadas a cabo en el marco de dicho Plan.

d) Que no incurre en doble financiación y, en su caso, no tiene constancia de riesgo de incompatibilidad con el régimen de ayudas del Estado


Correo electrónico, teléfono o dirección postal:


- vivienda.castillalamancha.es


- Teléfono de la Dirección General de Vivienda: 925286872


- Correo electrónico: dgvivienda.fomento@jccm.es

Modelos del trámite

ANEXO II- ABONO
ANEXO III
ANEXO IV - ACEPTACIÓN EXPRESA
ANEXO V_Solicitud modificación
ANEXO VI_Solicitud de antipo
ANEXO VII_ Relación certificada capítulos
ANEXO VIII- Relación clasificada contratos
ANEXO IX.Certificación relación gastos_Abono parcial
Cuestionario autoevaluación DNSH
ANEXO I- SOLICITUD AYUDA SUPERFICIARIO