Ayudas para los consejos locales de la mujer o de igualdad
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Convocar, en régimen de concurrencia competitiva para el año 2024, subvenciones destinadas a entidades locales de Castilla-La Mancha para la realización de proyectos impulsados por los consejos locales que favorezcan la participación, el empoderamiento y toma de decisiones de las mujeres en espacios públicos y privados.
Tendrán la condición de entidad beneficiaria, las entidades locales de Castilla-La Mancha.
Las entidades solicitantes deben cumplir los requisitos establecidos en el artículo 7 de la Orden 40/2023, de 23 de febrero de la Consejería de Igualdad y Portavoz, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para impulsar la igualdad de género, la prevención de la violencia machista y la no discriminación, debiendo acreditar en el momento de presentar la solicitud que tienen consejo local de la mujer o de igualdad, o compromiso de crearlo con anterioridad a la realización del proyecto.
Los recogidos en el artículo 17 de la Orden 40/2023 de 23 de febrero de la Consejería de Igualdad y Portavoz, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para impulsar la igualdad de género, la prevención de la violencia machista y la no discriminación.
6 MESES
Desestimatorio
La documentación requerida en el artículo 25.2 de la Orden 40/2023 de 23 de febrero
El proyecto debe contener al menos los siguientes apartados
1º Denominación del proyecto.
2ª Justificación de la necesidad que pretende cubrir el proyecto, incluyendo un diagnóstico de la situación que se pretende abordar con la realización del mismo.
3º. Objetivos del proyecto.
4º Actividades y calendarización del proyecto.
5º Presupuesto previsto con detalle de la cofinanciación en su caso.
6º Las técnicas de evaluación, indicando indicadores medibles y técnicas de recogida de información.
Además de los requisitos generales señalados, deberá adjuntarse:
- Acuerdo del Pleno de creación del consejo local de la mujer o de igualdad o acuerdo del Pleno por el que se compromete a crear el consejo local de la mujer o de igualdad con anterioridad a la realización del proyecto.
- Orden 40/2023, de 23 de febrero, de la Consejería de Igualdad y Portavoz, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para impulsar la igualdad de género, la prevención de la violencia machista y la no discriminación.
- Resolución de 14/05/2024, del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, por la que se convocan ayudas para los consejos locales de la mujer o de igualdad en el año 2024. Extracto BDNS (Identif.): 761437.
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