Provisión de puestos de trabajo en comisión de servicio en los centros reconocidos como Comunidad de Aprendizaje de Castilla-La Mancha.
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Se convoca el procedimiento para la provisión, mediante comisión de servicios, de puestos de trabajo para los centros educativos CEIP-SES-AEPA La Paz de Albacete y CEIP-SES-AEPA Entre Culturas de Hellín.
Personal funcionario docente no universitario que sea personal funcionario de carrera o en prácticas en servicio activo.
Podrá participar en este procedimiento el personal funcionario docente que sea personal funcionario de carrera o en prácticas en servicio activo.
En el caso de personas solicitantes que sean personal funcionario en prácticas y resulten adjudicatarios de una plaza en comisión de servicios, sólo podrán tomar posesión de la misma si a 01/09/2024 han superado la fase de prácticas, adquiriendo desde esa fecha la condición de funcionario o funcionaria de carrera.
Las personas que hayan concluido los cuatro cursos académicos desde que superaron el proceso de provisión y quieran continuar en el centro educativo, podrán volver a solicitar la provisión del puesto de trabajo presentando nuevamente la solicitud y concurriendo al procedimiento en igualdad de condiciones al resto de aspirantes.
Las personas solicitantes que sean funcionarias de una Administración educativa distinta de la de Castilla-La Mancha deberán acreditar el cumplimiento del requisito de acceso y ejercicio a las profesiones, oficios y actividades que impliquen el contacto habitual con menores, relativo a no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, así como por trata de seres humanos, mediante la aportación de una certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos, expedida por el Ministerio de Justicia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 57 y siguientes de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, en caso de no autorizar a su comprobación de oficio por la Administración.
Primera Fase : Máximo de 6 puntos.
Valoración del Proyecto (Según Anexo III de la convocatoria).
Segunda Fase: Máximo de 4 puntos.
Méritos relacionados con los conocimientos y con el desarrollo profesional fuera del ámbito de la Administración Regional (Según Anexo IV de la convocatoria).
3 MESES.
Desestimatorio
La verificación del cumplimiento de los requisitos y de los datos declarados en la solicitud se efectuará de oficio por la Administración, salvo que el interesado procede de otra Administración, en cuyo caso, deberá aportar la certificación prevista en el punto 3 del apartado segundo, o haga constar en la solicitud su oposición expresa a dicha comprobación o no autorice (en el supuesto de información sobre antecedentes por delitos sexuales), en cuyo caso deberá aportar la documentación acreditativa correspondiente.
Asimismo, deberá aportar el proyecto de trabajo para la vacante a la que se opta.
inclusionyconvivencia@jccm.es
- Decreto 85/2018, de 20 de noviembre, por el que se regula la inclusión educativa del alumnado en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.
- Resolución de 29/11/2021, de la Dirección General de Inclusión Educativa y Programas, por la que se pública, la relación definitiva de centros que se incorporan a la red, reconocen y continúan como centro comunidad de aprendizaje de Castilla-La Mancha convocado por Resolución de 24/06/2021.
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