Ayudas para promoción de la igualdad de género en asociaciones

Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha
Código de procedimiento: 1012377

Fuera de plazo presentación solicitudes

Si deseas recibir alertas sobre actualización de este trámite (alertas, notificaciones, comunicaciones)…
Accede al Servicio de Alertas Informativas

Online

Online

A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva para el año 2024, ayudas para la promoción de la igualdad de género en asociaciones a través de la realización de proyectos en Castilla-La Mancha, destinados a fomentar la igualdad entre mujeres y hombres, impulsando el movimiento asociativo que tenga entre sus fines la promoción de la igualdad de género.

Tendrán la condición de entidades beneficiarias, las asociaciones o federaciones sin ánimo de lucro legalmente constituidas e inscritas en el Registro General de Asociaciones o registros correspondientes que no sean exclusivamente de mujeres, y que tengan entre sus fines la promoción de la igualdad de género, y así conste en sus Estatutos.

Las entidades solicitantes deben cumplir los requisitos establecidos en el artículo 7 de la Orden 40/2023, de 23 de febrero de la Consejería de Igualdad y Portavoz, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para impulsar la igualdad de género, la prevención de la violencia machista y la no discriminación.

Los recogidos en el artículo 13 de la Orden 40/2023 de 23 de febrero de la Consejería de Igualdad y Portavoz, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para impulsar la igualdad de género, la prevención de la violencia machista y la no discriminación.

6 meses a partir de la fecha de publicación de la resolución de convocatoria

Desestimatorio

La documentación requerida en el artículo 25.2 de la Orden 40/2023 de 23 de febrero.


Para proyectos de ayudas para la promoción de la igualdad de género deberán adjuntar certificado suscrito por quien ostente la representación en el que se declare que la asociación no es exclusivamente de mujeres, y en el que se indique el número de hombres y el número de mujeres asociadas. Además, deberán adjuntar los estatutos que acrediten que tienen entre sus fines la promoción de la mujer o el fomento de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

Además de los requisitos generales señalados, deberá adjuntarse:

1º- Proyecto para el cual se solicita la subvención el cual incluirá el presupuesto detallado necesario para su ejecución, siendo la cuantía del mismo vinculante y debiendo justificar la totalidad de lo presupuestado, independientemente del importe que se conceda.

2º- Certificado suscrito por quien ostente la representación en el que se declare que la asociación no es exclusivamente de mujeres, y en el que se indique el número de hombres y el número de mujeres asociadas

3º- Estatutos en los que conste que la entidad tiene entre sus fines la promoción de la mujer o el fomento de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

Modelos del trámite

Formulario Justificación