Línea 1. Ayudas para la contratación inicial indefinida y para la transformación en contratos por tiempo indefinido de contratos temporales de personas trabajadoras con discapacidad.

Consejería de Economia, Empresas y Empleo
Código de procedimiento: 1012979

Fuera de plazo presentación solicitudes

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Regular el procedimiento de concesión directa de subvenciones para la para la contratación inicial indefinida y para la transformación en contratos por tiempo indefinido de contratos temporales de personas trabajadoras con discapacidad

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en el presente decreto las empresas, las personas autónomas, las sociedades laborales o cooperativas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles, y las entidades sin ánimo de lucro, que realicen las actuaciones subvencionables de las líneas de subvención mencionadas en el artículo 3, con las condiciones establecidas en el presente decreto

Los requisitos generales para todas las líneas son los del artículo 6.3 del Decreto, mientras que los específicos para esta línea tanto para la contratación indefinida inicial, como para las transformaciones de contratos, son los específicos recogidos en los apartados a), b) y c) artículo 14 del Decreto.

Estas subvenciones se otorgarán en régimen de concesión directa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 75.2 c) del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, y en el artículo 22.2 c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Las resoluciones de concesión se dictarán por orden de presentación de solicitudes, una vez realizadas las comprobaciones y hasta agotar el crédito.

DOS MESES A PARTIR DE LA FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD DE AYUDA.

Desestimatorio

Se presentará el anexo I, junto con la documentación que en el mismo se indica, al que se acompañará el anexo V, debidamente cumplimentado.

Para comunicar:

La sustitución del trabajador contratado, debe aportarse el anexo VIII, acompañado del anexo V

El cambio de titularidad debe aportarse el anexo VII.


Más información:incentivos@jccm.es


Teléfonos: 925265685/925266307

Modelos del trámite

ANEXO V AUTORIZACION TRABAJADOR