Ayudas de la línea de financiación para proyectos de eficiencia energética y economía circular de empresas turísticas, en el marco del Componente 14, Inversión 4, submedida 2 del Plan de Recuperación
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
establecer las bases reguladoras y efectuar la convocatoria correspondiente a 2024 de las ayudas de la línea de financiación para proyectos de eficiencia energética y economía circular de empresas turísticas, en el marco del Componente 14, Inversión 4, submedida 2 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU-.
Empresas de alojamiento turístico, entendiéndose como tales las siguientes tipologías: Establecimientos de alojamiento turístico hotelero, Establecimientos de alojamiento de turismo rural, Apartamentos turísticos, Campings, Albergues turísticos. Empresas de restauración, Empresas de turismo activo, Empresas de ecoturismo, Centros recreativos turísticos y parques temáticos.
Las solicitudes se presentarán de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario normalizado recogido en el anexo III, al que se acompañará la documentación indicada en el mismo, así como los anexos IV, V, VI, VII y VIII, que se incluirán en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es)
La concesión de subvenciones que se recogen en esta orden, se llevará a cabo mediante el procedimiento simplificado de concurrencia previsto en el artículo 75.1 del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de seis meses a contar desde la fecha de presentación de la solicitud.
Desestimatorio
Junto al anexo III (solicitud) se aportará la siguiente documentación:
Anexo IV: DACI
Anexo V: Declaración Cesión Datos
Anexo VI: Declaración Compromiso Ejecución MRR
Anexo VII: Autorización expresa OLAF
Anexo VIII: Declaración Responsable almacenamiento
El plazo de ejecución de las actuaciones objeto de subvención se iniciará con la presentación de la solicitud, finalizando en la fecha que se determine en la resolución individual de concesión de la ayuda, que en ningún caso podrá ser superior a 6 meses.
Para la justificación de la subvención se aportará:
Anexo IX Justificación y anexo X Informe Justificativo
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