Línea 2. Subvención para la incorporación, con carácter indefinido, de personas socias trabajadoras o socias de trabajo a cooperativas y sociedades laborales.
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Subvencionar la incorporación, con carácter indefinido, de personas socias trabajadoras o socias de trabajo de nuevo ingreso a cooperativas y sociedades laborales de personas trabajadoras desempleadas y también de personas que ya tuviesen contrato temporal o indefinido en la misma cooperativa o sociedad laboral.
Las cooperativas inscritas en el Registro de Cooperativas de Castilla-La Mancha y las sociedades laborales con domicilio en Castilla-La Mancha inscritas en el Registro Mercantil y se ajusten a la definición que de pymes determine en cada momento la Unión Europea.
Estar constituida como una sociedad cooperativa o sociedad laboral (es decir, inscripción en el registro correspondiente) con anterioridad a la presentación de la solicitud y cumplir los requisitos dispuestos en el artículo 5.1 del Decreto 91/2022, de 16 de agosto.
Criterios objetivos de cumplimiento de requisitos recogidos en el artículo 5 del Decreto 91/2022, de 16 de agosto, prelación por fecha de presentación y existencia de crédito presupuestario.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de un mes.
Desestimatorio
En el caso de cooperativas: certificado con la duración de la jornada de la persona que se incorpora.
En el caso de sociedades laborales: contrato de trabajo.
En caso de cooperativas o sociedades laborales:
Documentación acreditativa, en su caso, de la representación.
Anexo II-A y II-B por cada socio/a que se incorpora.
Si la persona por las que se solicite la ayuda ha estado vinculada a la entidad por contrato laboral temporal: contrato de trabajo.
Certificado con la relación de las personas socias trabajadoras o de trabajo y de trabajadores/as por cuenta ajena, y la duración de su jornada, en la fecha de presentación de la solicitud.
Cuando la persona incorporada sea mujer víctima de violencia de género: a) Sentencia condenatoria, b) Resolución judicial. c) Orden de protección o excepcionalmente informe del Ministerio Fiscal, d) Informe emitido por un profesional especializado.
Último recibo abonado del IAE.
Para cualquier duda o aclaración puede contactar con Consejería de Economía, Empresas y Empleo. Avenida de Irlanda, nº 14. 45071 Toledo. Teléfono 925288000.
- Decreto 91/2022, de 16 de agosto, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en el marco del Programa de apoyo a la creación y al empleo en cooperativas y sociedades laborales. Extracto BDNS (Identif.): 644385.
- Resolución de 19/07/2024, de la Dirección General de Autónomos, Trabajo y Economía Social, por la que se publican los créditos disponibles, en el ejercicio 2024, para la financiación de las diversas líneas de ayuda previstas en el Decreto 91/2022, de 16 de agosto, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en el marco del Programa de apoyo a la creación y al empleo en cooperativas y sociedades laborales. Extracto BDNS (Identif.): 776309.
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