Ayudas por la tenencia y mantenimiento de perros mastines para la defensa y guarda del ganado en régimen extensivo en zonas con riesgo de presencia del lobo en Castilla-La Mancha.
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
La finalidad de estas ayudas es la conciliación de la presencia de lobo ibérico con los usos ganaderos de la región, en especial con la ganadería extensiva de ovino y caprino mediante el uso de perros mastines para prevenir daños en su ganado.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas los ganaderos/as o titulares de explotaciones ganaderas que sean personas físicas, jurídicas u otras entidades sin personalidad jurídica, en cuyo caso han de cumplir con los condicionantes fijados en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 3 de la referenciada Orden de bases.
a) Mantener al menos 100 cabezas de ganado ovino y/o caprino en régimen extensivo en zonas con presencia de lobo
b) El ganado deberá pertenecer a una explotación ganadera incluida en el Registro General de Explotaciones Ganaderas ubicada en zonas con riesgo de presencia del lobo en Castilla-La Mancha.
c) Poseer mastines de entre 1 y 12 años de edad identificados individualmente e inscritos en el Registro de Identificación de Animales de Castilla-La Mancha antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes de la presente convocatoria
d) Se deberá tener al menos 1 mastín por cada 250 cabezas de ganado ovino y/o caprino de más de 4 meses.
e) No superar el umbral de acumulación de ayudas en régimen de mínimis de 20.000 euros en un período de tres ejercicios fiscales, tal y como dispone el Reglamento (UE) nº 1408/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas mínimis en el sector agrícola.
El procedimiento de concesión de las subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, mediante la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas a partir de la aplicación de los criterios de selección establecidos en el artículo 9 de la Orden de bases.
El plazo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de 3 meses contados desde el día siguiente al de finalización del plazo de presentación de la solicitud
Desestimatorio
Según la documentación especificada en el artículo octavo de la Resolución de 10/09/2024 de la Viceconsejería de la Política
Agraria Común y Política Agroambiental y el articulo 10 de la Orden 43/2023, de 3 de marzo de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural.
- Se subvencionará el adiestramiento, alimentación y mantenimiento de los perros de perros mastines de entre 1 y 12 años para la defensa del ganado ovino y caprino perteneciente a explotaciones ganaderas, de al menos 100 cabezas, que tengan ganado en régimen extensivo ubicada en zonas con riesgo de presencia del lobo en Castilla-La Mancha, según Anexo I de la Orden de bases.
-. No serán subvencionables los mastines que excedan de la relación 1 mastín por cada 75 cabezas de ganado.
-. No serán subvencionables, la adquisición de los perros, ni los gastos veterinarios iniciales y de inscripción en los registros correspondientes.
-. El período subvencionable comprenderá la tenencia y mantenimiento de los perros mastines en un año natural.
- Las personas beneficiarias de las ayudas quedan obligadas a comunicar las bajas, modificaciones y cambios de titularidad de los perros mastines incluidos en estas ayudas, además de al Registro de Identificación de Animales de Castilla-La Mancha, a la Delegación de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural correspondiente.
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Decreto 21/2008, de 05/02/2008, Consejo de Gobierno, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE DESARROLLO DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA EN MATERIA DE SUBVENCIONES, APROBADO POR DECRETO LEGISLATIVO 1/2002, DE 19 DE NOVIEMBRE
- Orden 43/2023, de 3 de marzo, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de minimis, por la tenencia y mantenimiento de perros mastines para la defensa y guarda del ganado en régimen extensivo en zonas con riesgo de presencia del lobo en Castilla-La Mancha.
- Orden 67/2024, de 3 de mayo, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, por la que se modifica la Orden 43/2023, de 3 marzo, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de minimis, por la tenencia y mantenimiento de perros mastines para la defensa y guarda del ganado en régimen extensivo en zonas con riesgo de presencia de lobo en Castilla-La Mancha.
- Resolución de 10/09/2024, de la Viceconsejería de la Política Agraria Común y Política Agroambiental, por la que se convocan ayudas, en régimen de minimis, por la tenencia y mantenimiento de perros mastines para la defensa y guarda de ganado ovino y caprino en régimen extensivo, en zonas con riesgo de presencia del lobo en Castilla-La Mancha, para el año 2024. Extracto BDNS (Identif.): 784915.
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