Programa Captación del Talento. Línea 1: Subvenciones para la contratación indefinida
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Concesión de ayudas por la contratación indefinida de personas trabajadoras cuando el puesto de trabajo se genere en alguna de las zonas escasamente pobladas o en riesgo de despoblación de Castilla-La Mancha.
Empresas privadas, ya sean personas físicas o jurídicas, las sociedades laborales o cooperativas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles, las entidades sin ánimo de lucro de carácter privado o cualquier otro tipo de unidad económica que, aun careciendo de personalidad jurídica propia o diferenciada de la de sus integrantes, pueda realizar la contratación subvencionable.
Ademas de los requisitos generales del art 4, deberán cumplir los específicos del art.9.3:
a) Que el puesto de trabajo objeto de subvención se genere en alguna de las zonas escasamente pobladas o en riesgo de despoblación de la región incluidas en el Anexo del Decreto 108/2021, de 19 de octubre.
b) No haber realizado extinciones de contratos de trabajo por causas objetivas o por despidos disciplinarios que hayan sido declarados judicialmente o reconocidos por el empresario, ante el servicio de mediación, arbitraje y conciliación, como improcedentes, así como no haber realizado reducciones de jornada, suspensiones de contrato o despidos colectivos por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
c) Que la contratación indefinida incentivada suponga un incremento neto del empleo fijo de la empresa en relación a la plantilla en los noventa días naturales anteriores a la contratación, excluyendo las bajas voluntarias.
d) Cumplir los plazos de pago a los que se refiere el artículo 13.3.bis de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, para subvenciones de importe superior a 30.000 euros, cuando las entidades interesadas sean personas físicas y jurídicas.
Estas subvenciones se otorgarán en régimen de concesión directa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 75.2 c) del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, y en el artículo 22.2 c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
3 MESES DESDE EL DÍA SIGUIENTE A LA PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD.
Desestimatorio
Se presentará el Anexo I.a) al que se acompañará el anexo II.
La justificación de las actuaciones subvencionables se realizará mediante la presentación, junto con la solicitud de subvención, del contrato de trabajo, la comprobación del alta en la Seguridad Social de la persona trabajadora contratada en la empresa y, en su caso, la acreditación del proyecto de I+D+i emitido por la Universidad o centro de investigación e innovación correspondiente.
En el plazo de 60 días contados a partir de la finalización de cada uno de los tres periodos anuales de obligado mantenimiento de la contratación, deberá aportarse, por parte de la persona o entidad beneficiaria, el anexo III,
Más información: incentivos@jccm.es
Teléfonos: 925 288000
- Decreto 45/2024, de 27 de agosto, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en el marco del Programa Captación del Talento.
- Resolución de 23/09/2024, de la Viceconsejería de Empleo, Diálogo Social y Seguridad y Salud Laboral, de la Dirección General de Empleo y de la Dirección General de Autónomos, Trabajo y Economía Social, por la que se publica el crédito disponible, en el ejercicio 2024, para atender a las obligaciones de contenido económico que se derivan de la concesión de las ayudas previstas en el Decreto 45/2024, de 27 de agosto, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en el marco del Programa Captación del Talento. Extracto BDNS (Identif.): 787033.
- Resolución de 27/09/2024, de la Viceconsejería de Empleo, Diálogo Social y Seguridad y Salud Laboral, por la que se amplía el plazo de presentación de solicitudes previsto en la Resolución conjunta de 23/09/2024, de la Viceconsejería de Empleo, Diálogo Social y Seguridad y Salud Laboral, la Dirección General de Empleo y la Dirección General de Autónomos, Trabajo y Economía Social, por la que se publica el crédito disponible, en el ejercicio 2024, para atender a las obligaciones de contenido económico que se derivan de la concesión de las ayudas previstas en el Decreto 45/2024, de 27 de agosto, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en el marco del Programa Captación del Talento.
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