Renovación, suscripción y modificación de conciertos educativos en Castilla-la Mancha. Educación Infantil, Educación Especial, Educación Secundaria Obligatoria, FP y Bachillerato.

Consejería de Educación, Cultura y Deportes
Código de procedimiento: 1015077

Fuera de plazo presentación solicitudes

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Online

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Convocatoria del procedimiento para la renovación, suscripción y modificación de conciertos educativos para el periodo 2025/2026 a 2028/2029. Educación Infantil, Educación Especial, Educación Secundaria Obligatoria, FP y Bachillerato.

Centros educativos privados de Castilla-La Mancha que estén autorizados.

Los centros deben estar autorizados para impartir las enseñanzas correspondientes y cumplir con el resto de requisitos establecidos en el artículo 2 de la Orden 206/2024, de 28 de noviembre.


Tendrán preferencia para acogerse al régimen de conciertos los centros que:

a) Atiendan a poblaciones escolares de condiciones económicas desfavorables.

b) Realicen experiencias de interés pedagógico para el sistema educativo.

c) Fomenten la escolarización de proximidad.

En todo caso, tendrán preferencia quienes, cumpliendo los requisitos anteriores, estén constituidos y funciones en régimen de cooperativas.

d) Así como el resto de criterios establecidos en el artículo 4, punto 3 de la Orden 206/2024, de 28 de noviembre.

Antes del 15 de abril de 2025

Desestimatorio

A la solicitud se acompañará copia digitalizada de la siguiente documentación, además, en su caso de la documentación complementaria o específica establecida en el artículo 6, apartados 6 y 7 de las normas reguladoras:

a) Memoria explicativa de las circunstancias que, conforme al artículo 4 de las normas reguladoras, puedan dar lugar a la preferencia en la suscripción del concierto. A estos efectos la memoria debe incluir el contenido especificado en el artículo 21.2 del Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos.

b) Copia de los estatutos, cuando el titular del centro sea una cooperativa. No será necesario aportar este documento cuando el centro estuviese concertado anteriormente y los estatutos de la cooperativa no hubieran sufrido variación desde la última renovación de conciertos.

Dudas y aclaraciones en el correo participacionycentros@jccm.es y en los teléfonos 925248582, 925267584 y 925286388