Subvención destinada a la puesta en marcha del Programa del Fondo Social Europeo Plus de Asistencia Material Básica, en el ámbito de Castilla-La Mancha.

Consejería de Bienestar Social
Código de procedimiento: 1015240

En plazo

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Online

Online

A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Plazo de presentación:
Inicio 03/06/2025
Fin 16/06/2025

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Establecer las bases reguladoras y efectuar la convocatoria de la subvención, destinada a sufragar los gastos que conlleva la puesta en marcha, durante los ejercicios 2025, 2026, 2027 y 2028, de un programa de ámbito regional de provisión de tarjetas o vales canjeables por productos de alimentación y por otros englobados en la asistencia material básica, destinadas a familias con hijos e hijas menores de edad a cargo, conforme a lo establecido en el Programa FSE+ de Asistencia Material Básica.

Entidad u organización del tercer sector social con implantación y actividad en Castilla-La Mancha, que cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Orden .

La valoración se hará según una escala de 0 a 100 puntos, de acuerdo con los ítems que configuran cada uno de los criterios y puntuaciones que se detallan en el artículo 7 de la Orden

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de tres meses desde el día siguiente al de la publicación de esta orden y de su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Desestimatorio

- Junto a la solicitud se presentarán, como anexos a través de la sede electrónica, la siguiente documentación digitalizada: la memoria explicativa de las características sustanciales de la entidad solicitante y la memoria del proyecto detallando la implementación del Programa BÁSICO, cuyos modelos estarán disponibles en la sede electrónica; así como los demás documentos originales que puedan resultar necesarios para la concesión de la subvención.


- Con anterioridad a la formulación de la propuesta de resolución, en el caso en que se prevea que esta tendrá carácter estimatorio, el órgano instructor requerirá la documentación que, siendo necesaria para la resolución del expediente, no hubiere sido presentada con anterioridad ni se halle en poder de la Administración o aquella respecto a la cual la entidad interesada no hubiere prestado su consentimiento para la consulta y verificación de datos, para que, en el plazo de quince días, la entidad interesada presente los documentos acreditativos del cumplimiento de los requisitos para ser beneficiaria de la subvención, los justificativos de los datos aportados o las declaraciones responsables, que sean precisos para completar la instrucción del procedimiento.

En concreto, además de la referida acreditación, se deberá aportar la copia digitalizada de los estatutos debidamente legalizados y certificación de la inscripción de los mismos en el registro correspondiente.


Modelos del trámite

SOLICITUD P.Basico
Justificación. MEMORIA ECONÓMICA
Justificación. MEMORIA ECONÓMICA
ANEXO IA. MEMORIA DE LA ENTIDAD
ANEXO IB. MEMORIA DEL PROYECTO