Subvenciones destinadas a la financiación de planes de formación para los empleados públicos de las EELL en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Admones. Públicas.
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Convocatoria de subvenciones destinadas a la financiación de planes de formación para los empleados públicos y empleadas públicas de las entidades locales en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas (AFEDAP) para el año 2025.
a) Los ayuntamientos, las diputaciones provinciales y otras entidades locales de la región reconocidas en el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local. Podrán promover planes unitarios o agrupados de formación para los empleados públicos dentro del ámbito del AFEDAP. b) La Federación de Municipios y Provincias de CLM de acuerdo con la disposición adicional quinta de la citada ley y con el AFEDAP para el desarrollo de planes interadministrativos.
Las entidades solictantes además deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) No estar incursas en las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones.
b) No encontrarse en ninguno de los supuestos de incompatibilidad previstas en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre,
del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.
c) Disponer, en su caso, de un plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionadas, en virtud de
resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos
laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.
d) Acreditar, con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución, que se halla al corriente en el cumplimiento de
sus obligaciones por reintegro de subvenciones, tributarias y con la Seguridad Social.
Conforme al punto decimoprimero de la convocatoria:
-El mayor número total de empleados/as que integren la plantilla de la entidad local promotora, en el caso de planes unitarios, o la suma de empleados públicos incluidos en las distintas plantillas en el resto de los casos.
-Grado de ejecución de subvenciones percibidas en ejercicios anteriores.
-Evaluación y seguimiento de los planes de formación.
-Adecuación a las prioridades de formación establecidas por la Comisión de Formación para el Empleo de la Administración Local de Castilla -La Mancha.
Seis meses contados desde el día siguiente a la publicación de la correspondiente convocatoria en el DOCM
Desestimatorio
A) Tarjeta de identificación de personas jurídicas y entidades en general (NIF). B) Cuando se trate de Asociaciones o Federaciones de Entidades Locales, la documentación que acredite, conforme a la legislación vigente, las facultades de representación del firmante del plan para actuar en nombre de la persona jurídica solicitante o de la agrupación, en su caso. C) Certificado de hallarse al corriente de pago de las obligaciones por reintegro de subvenciones, de naturaleza tributaria con la Agencia Tributaria Estatal y con la Hacienda Autonómica así como con la Seguridad Social, D) Declaración responsable de la entidad solicitante de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y de no hallarse la persona física, los administradores de la sociedad o aquellos que ostenten la representación de la entidad solicitante, en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo. E) Declaración responsable de tener un plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionados conforme se indica en la resolución de convocatoria. F) Informe de representación sindical del plan de formación para el que se solicita financiación.
G) En el caso de promotores de planes de formación agrupados, deberán acompañarse los documentos de adhesión a dicho plan agrupado generados por la aplicación señalada a tal efecto,(consultar punto séptimo apdo. 5 en convocatoria).
Para obtener información adicional sobre esta convocatoria, los interesados podrán dirigirse a la Escuela de Administración Regional a través de cualquiera de los canales habilitados al efecto:
- Presencial: Escuela de Administración Regional. Servicio de Formación. Calle Río Cabriel, s/n. 45071 Toledo
- Teléfono: 925389055
- A través de correo electrónico: fdap@jccm.es
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Decreto Legislativo 1/2002, de 19/11/2002, Consejo de Gobierno, POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA
- Decreto 21/2008, de 05/02/2008, Consejo de Gobierno, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE DESARROLLO DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA EN MATERIA DE SUBVENCIONES, APROBADO POR DECRETO LEGISLATIVO 1/2002, DE 19 DE NOVIEMBRE
- Orden 38/2017, de 8 de marzo, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones destinadas a la financiación de planes de formación para los empleados públicos de las entidades locales en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas (Afedap).
- Resolución de 9 de octubre de 2013, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se publica el Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas de 19 de julio de 2013.
- Resolución de 28/02/2025, de la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital, por la que se convocan subvenciones destinadas a la financiación de planes de formación para el personal de las entidades locales en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas (Afedap) para el ejercicio 2025. Extracto BDNS (Identif.): 817648.
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