Concesión directa de una ayuda a titulares de explotaciones agrarias para paliar los daños producidos por determinados incendios forestales en zonas que han sido declaradas como gravemente afectadas
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Aceptación, rechazo o alegaciones a la propuesta de resolución provisional de las ayudas. La relación de personas titulares de explotaciones situadas en las zonas afectadas por los incendios que han sufrido daños se publicará en el Tablón de anuncios de la sede electrónica el 28 de septiembre de 2026.
Explotaciones agrícolas y ganaderas ubicadas en las zonas afectadas por los Incendios Forestales relacionados en el Anexo I
Los requisitos para acogerse a esta ayuda se recogen el el artículo 3 del presente Decreto por el que se regula la concesión directa de una ayuda a las personas titulares de explotaciones agrarias para paliar los daños producidos por determinados incendios forestales en zonas que han sido declaradas como gravemente afectadas por una emergencia de protección civil.
Concesión directa de ayudas
Dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación del presente decreto en el citado diario oficial.
Desestimatorio
La relación de personas titulares
de explotaciones situadas en las zonas afectadas por los incendios que han
sufrido daños se publicará en el Tablón de anuncios de la sede electrónica.
dgoa@jccm.es
- Reglamento (UE) 2022/2472 de la Comisión, de 14 de diciembre de 2022, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda en los sectores agrícola y forestal y en zonas rurales compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
- Decreto 50/2026, de 15 de septiembre, por el que se regula la concesión directa de una ayuda a las personas titulares de explotaciones agrarias en Castilla-La Mancha para paliar los daños producidos por determinados incendios forestales en zonas que han sido declaradas como gravemente afectadas por una emergencia de protección civil. Extracto BDNS (Identif.): 930178.
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