Becas y ayudas a alumnos de niveles postobligatorios
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Abierto permanentemente
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Presentación de alegaciones y/o documentación en procedimientos de concesión de becas y ayudas dirigidas a alumnado que curse estudios postobligatorios.
Alumnado que curse estudios postobligatorios (estudios universitarios, Bachillerato, Formación Profesional, Enseñanzas Artísticas Profesionales y Superiores, deportivas, de idiomas, Formación Profesional Básica, religiosos, militares y otros estudios superiores).
Desestimatorio
Documentos justificativos de las alegaciones.
Los documentos justificativos de las alegaciones se dirigirán al órgano de selección de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes correspondiente a su centro de estudios, dentro del plazo improrrogable de 10 días hábiles, contados a partir de la fecha de publicación de la resolución provisional recaída en la solicitud de beca o ayuda.
Para acceder a la Sede Electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional PINCHE AQUÍ
- - Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas.
- - Real Decreto 609/2013, de 2 de agosto, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2013-2014, y se modifica parcialmente el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre
- - Real Decreto 951/2018, de 27 de julio, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2018-2019, y se modifica el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que
- -Orden ECI/1815/2005, de 6 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de becas y ayudas al estudio por el Ministerio de Educación y Ciencia.
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