Admisión de alumnado en centros de titularidad pública que imparten educación para personas adultas.
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Presencial
A través de los siguientes lugares de presentación.
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Convocatoria de admisión de alumnado en centros de titularidad pública que imparten educación para personas adultas para el curso 2024/2025.
- Mayores de 18 años; y mayores de 16 y menores de 18 a 31/12/24 siempre que tengan un contrato laboral que no les permita acudir a centros educativos en régimen ordinario o sean deportistas de alto nivel o rendimiento. - Mayores de 16 años en Curso Competencias Clave y Curso Acceso a CFGM. - Excepcionalmente, personas mayores de 16 en las que concurran circunstancias que les impidan acudir a centros en régimen ordinario y quienes no hubieran estado escolarizados en el sistema educativo español.
1. Requisitos generales:
a) Tener una edad mínima de dieciocho años a fecha 31-12-2024 o tener entre dieciséis y dieciocho años en esa misma fecha siempre que tengan, en este caso, un contrato laboral que les impida acudir a los centros educativos en régimen ordinario o sean deportistas de alto nivel o alto rendimiento.
La fecha del 31-12-2024 será la única referencia para todo el curso académico, con independencia de que la organización temporal de las enseñanzas fuese anual o cuatrimestral.
b) Tener una edad mínima de 16 años a fecha 31 de diciembre de 2024 para cursar las siguientes enseñanzas:
- Curso preparatorio de acceso a ciclos formativos de grado medio.
- Curso para la obtención de competencias clave de nivel 2 y nivel 3.
c) La administración educativa podrá autorizar, excepcionalmente, el acceso a la educación secundaria para p. adultas, bachillerato para p. adultas o castellano para extranjeros a las personas mayores de dieciséis años y menores de dieciocho años en las que concurran circunstancias que les impidan acudir a centros educativos ordinarios que estén debidamente acreditadas y reguladas, y se encuentren dentro algunos supuestos.
2. Requisitos específicos:
En cada una de las enseñanzas serán las académicas.
Si el nº de plazas escolares fuera inferior a solicitudes presentadas:
a) Carácter preferente en las enseñanzas conducentes a titulación, los matriculados en periodo anterior, si figuran calificados en acta evaluación
b) Por residir en Castilla-La Mancha: 2 puntos.
c) Por encontrarse en situación de desempleo: 2 puntos.
d) Por tratarse de primera matrícula en los niveles y módulos solicitados: 1 punto.
3 meses
Desestimatorio
a) DNI, NIE o pasaporte
b) Solicitantes entre 16 y 18 años deberán presentar en su caso, copia del contrato de trabajo o documentarción que acredite circunstancias excepcionales que le impida acudir a centros educativos en régimen ordinario
La acreditación de la condición de deportista de alto nivel o de alto rendimiento se verificará de oficio por la Administración (salvo que el solicitante se oponga expresamente); si el reconocimiento es de otra Comunidad Autónoma, se ha de acreditar.
c) Para enseñanzas con requisitos académicos, copia del libro de escolaridad o certificación de los estudios realizados expedida por el centro educativo de procedencia.
Las personas solicitantes tendrán derecho a no presentar los documentos señalados en letras a) y c), ya que la información se comprobará de oficio por la Administración, salvo oposición expresa del solicitante, en cuyo caso, los interesados deberán aportar junto con la solicitud la documentación señalada.
En relación con la documentación indicada en letra c), si los estudios se hubieran realizado antes del curso 2006-07 o en otra Comunidad Autónoma, será necesaria su aportación.
La concurrencia de los criterios de baremación se acreditará mediante:
a) Certificado de empadronamiento
b) Si se encontrase desempleado, documentación acreditativa de encontrarse en esa situación.
Los datos señalados se comprobarán de oficio por la Admón., salvo oposición expresa del interesado. Si no se realiza esta autorización, se deberá presentar junto con la solicitud la documentación correspondiente y necesaria para ser baremada.
Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.
Teléfonos de contacto:
967558396 (Delegación Provincial de Albacete)
926279064 (Delegación Provincial de Ciudad Real)
969176392 (Delegación Provincial de Cuenca)
949888757 (Delegación Provincial de Guadalajara)
925248512 (Delegación Provincial de Toledo)
- Orden de 28/01/2011, de la Consejería de Educación, Ciencia y Cultura, por la que se modifica la Orden de 05/04/2010, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se regulan los procedimientos y criterios para la admisión del alumnado en los centros docentes de titularidad pública de Castilla-La Mancha que imparten educación para personas adultas.
- Resolución de 09/05/2024, de la Dirección General de Formación Profesional, por la que se convoca el procedimiento para la admisión del alumnado, para el curso 2024/2025, en centros docentes de titularidad pública de Castilla-La Mancha, que imparten educación para personas adultas.
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