Línea 2: Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro de Castilla- La Mancha, dirigida a la elaboración y ejecución de proyectos de sensibilización y formación en Agenda 2030 y los ODS.
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Subvenciones a entidades con personalidad jurídica y sin ánimo de lucro de Castilla-La Mancha o que acrediten actividad directa en el ámbito de la región, destinadas al desarrollo de proyectos de sensibilización y formación en Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible.
Podrán concurrir aquellas entidades sin ánimo de lucro y personalidad jurídica con domicilio fiscal en Castilla- La Mancha, o que acrediten actividad directa en el territorio de la región, para proyectos a desarrollar en el ámbito de Castilla-La Mancha.
a) Estar legalmente constituidas e inscritas en los registros oficiales que corresponda.
b) Carecer de fin de lucro.
c) Tener domicilio fiscal en Castilla-La Mancha o acreditar actividad directa en el territorio de Castilla - La Mancha.
d) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones, impuestas por las disposiciones vigentes, en la forma que se determina en el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, así como en el reglamento de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha en materia de subvenciones.
e) No estar incursa en ninguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
f) Disponer de un Plan de Igualdad, cuando así lo establezca la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
La concesión de las subvenciones se llevará a cabo mediante la comparación, en un único procedimiento, de las solicitudes presentadas, clasificándolas por orden decreciente de puntuación, hasta agotar la dotación presupuestaria consignada en la convocatoria, y hasta un máximo de 35 puntos, de conformidad con los criterios de valoración establecidos en el resuelvo undécimo de la resolución de convocatoria.
Seis meses desde la publicación de la convocatoria
Desestimatorio
Solicitud conforme al modelo disponible en la sede electrónica, una vez debidamente cumplimentada y firmada por la persona representante, deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
a) La acreditación de la representación de la persona firmante en nombre de la entidad solicitante, por cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna.
b) Modelo de Proyecto, disponible como Anexo I en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha, que comprenda las actividades a desarrollar por la entidad beneficiaria y que deberá corresponderse con alguna de las actuaciones subvencionables establecidas en el apartado b) de la disposición tercera de la presente resolución
c) Cualquier otra documentación complementaria que se considere necesaria para detallar el proyecto.
Los documentos originales deberán ser digitalizados y presentados junto a la solicitud disponible en sede electrónica, como archivos anexos a la misma. No se admitirán a trámite las solicitudes presentadas por medios distintos al anteriormente señalado.
Serán inadmitidas las solicitudes presentadas fuera de plazo.
- Orden 113/2026, de 20 de julio, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones en materia de Agenda 2030 y objetivos de desarrollo sostenible.
- Resolución de 09/09/2026, de la Dirección General de Economía Circular y Agenda 2030, por la que se convocan para el año 2026, las subvenciones destinadas al desarrollo e implementación de la Agenda 2030 y los objetivos de desarrollo sostenible en Castilla-La Mancha. Extracto BDNS (Identif.): 928599.
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