Plazo presentación: No sujeta a plazos, pero se debe presentar con un mes de antelación, como mínimo, a la fecha de efectividad de la renuncia.
Plazo presentación: En el plazo que se otorgue en la invitación para ofertar.
Plazo presentación: En el caso de concurso, en el plazo que se establezca en el pliego de condiciones; si se trata de adquisición (adjudicación) directa, en el plazo que se otorgue en la invitación para ofertar los inmuebles.
Plazo presentación: Abierto permanentemente
Plazo presentación: Abierto permanentemente
Plazo presentación: Abierto permanentemente
Plazo presentación: Abierto permanentemente
Plazo presentación: En cualquier momento, cuando de forma voluntaria quiera causar baja en el Registro.