Ayudas para favorecer la conciliación de la vida laboral, familiar y personal del titular de la actividad emprendedora

Consejería de Economia, Empresas y Empleo
Código de procedimiento: 1004236

Fuera de plazo presentación solicitudes

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Regular el procedimiento de concesión directa de subvenciones destinadas a:

Favorecer la conciliación de la vida laboral, familiar y personal del titular de la actividad emprendedora, cuyo objeto es promover las condiciones óptimas para conciliar la vida personal, laboral y familiar en el trabajo autónomo.

a) Las personas físicas establecidas como trabajadoras autónomas o por cuenta propia que realicen la actividad en nombre propio.
b) Las personas físicas que formen parte, en su calidad de trabajadoras autónomas, de comunidades de bienes, siempre que las subvenciones se soliciten a título personal y su actividad económica no sea la mera administración de bienes o masas patrimoniales.

Además de los requisitos generales del artículo 7 deberán cumplir los siguientes:

Las personas solicitantes, para acceder a la condición de beneficiarias de las subvenciones recogidas en la presente línea, deberán formalizar un contrato de interinidad que les permita disfrutar de los permisos correspondientes por motivos de maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia y adopción o acogimiento, tanto preadoptivo como permanente o simple.

Los contratos de interinidad deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) que se formalicen, a jornada completa o a tiempo parcial.
b) que se formalicen por escrito, en modelo oficial.
c) que la contratación tenga relación directa con la actividad desarrollada por la trabajadora autónoma sustituida.

El sistema de concesión será por concesión directa, la instrucción la realizará las Direcciones Provinciales de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo. Lo resolverá la Dirección General de Programas de Empleo, otorgándose según el orden de entrada de las solicitudes, siempre que se cumplan los requisitos establecidos y se acompañe la totalidad de la documentación exigida en cada tipo de ayuda, hasta agotar la disponibilidad presupuestaria que se publicará anualmente mediante resolución.

Línea 3:
- La cuantía de la subvención para la presente línea será el equivalente al coste salarial y de Seguridad Social, derivado de la contratación efectuada, con el límite de 1.000 euros al mes, por el tiempo de duración del permiso correspondiente. El importe de la subvención podrá modularse en función de la duración de la jornada de trabajo y de los días de trabajo efectivos que vaya a desarrollar la persona contratada para sustituir a la trabajadora autónoma. A efectos de lo anterior, los meses se computaran a 30 días.
- Cuando la persona beneficiaria sea una mujer que tenga acreditada la condición de víctima de violencia de género, la cuantía se incrementarán en 500 euros.
- Cuando la persona que sea contratada tenga la condición de persona desempleada de larga duración, persona con discapacidad o en situación de exclusión social, la cuantía de la subvención se incrementará en 250 euros mensuales.
- Aumento 20 % en caso de municipio ITI

Desestimatorio

Además de la información antes descrita, declara aportar los siguientes documentos digitalizados, junto a la solicitud como archivos anexos a la misma. (Además, en caso de no otorgar la autorización que consta en el Anexo, deberá presentar la documentación pertinente):

-Si es persona física, documentación acreditativa del poder de su representante, en su caso.
-Alta en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, acompañando certificación del período en alta en dicha Mutualidad (en su caso).
-Solicitud de prestación de maternidad/paternidad al INSS u órgano correspondiente.
-Libro de Familia o certificación de la inscripción del hijo o hijos en el Registro Civil si el descanso se ha iniciado con anterioridad al parto.
-Resolución judicial en caso de adopción y decisión administrativa o judicial en el acogimiento.
-Documentación acreditativa del riesgo durante el embarazo y/o durante la lactancia, en su caso.
-Contrato de trabajo celebrado por escrito.
-Documentación acreditativa de la discapacidad, en su caso.
- Documentación acreditativa de la condición de violencia de género, en su caso.
- Documentación acreditativa de la situación de exclusión social, en su caso.
-Escrito de autorización del trabajador a la Dirección General de Programas de Empleo a examinar sus datos laborales, académicos y de identidad, para comprobar los requisitos establecidos en este decreto, para obtener, percibir y mantener la subvención y/o ayuda solicitada por su contratación.

Los datos obtenidos estarán sujetos a la normativa contemplada en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal. Dicha autorización se hará mediante el anexo VIII de esta norma.

autonomos@jccm.es

Modelos del trámite

Aceptación propuesta provisional
Anexo VIII. Declaración autorización para comprobación de datos
Modelo Apoderamiento