Subvenciones destinadas a la modernización y gestión sostenible de las infraestructuras de las artes escénicas y musicales .
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Subvenciones destinadas a la modernización y gestión sostenible de las infraestructuras de las artes escénicas y musicales en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas, las personas físicas y jurídicas, las entidades públicas y privadas, las asociaciones sin ánimo de lucro o fundaciones de carácter privado o público dependientes de entidades locales, autonómicas o estatales. En ningún caso podrán obtener la condición de personas o entidades beneficiarias, la propia entidad autonómica convocante, así como las fundaciones u organismos públicos dependientes de la misma con personalidad jurídica propia.
Las personas y entidades beneficiarias deben cumplir los requisitos establecidos en la base cuarta de la Orden.
Los criterios son los establecidos en la base undécima de la Orden.
6 MESES.
Desestimatorio
a) Documento acreditativo de la representación, en el caso de que las personas o entidades solicitantes actúen por medio de representante, salvo que utilicen para la firma electrónica un certificado electrónico cualificado de representante que acredite la representación.
b) Anexo I ¿Datos del proyecto¿, disponible en la Sede Electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha (https://www.jccm.es).
c) Presupuesto desglosado por partidas, según modelo anexo II ¿Presupuesto¿ disponible en la Sede Electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha (https://www.jccm.es).
d) Memoria descriptiva del proyecto, que incluirá: objetivos, actuaciones previstas y cronograma de desarrollo.
e) Acreditación de la propiedad, o, en su caso, de disponibilidad de la infraestructura.
f) Documentación adicional que se quiera aportar (técnica, gráfica, audiovisual, etc.).
g) En el caso de que la solicitud la presente una agrupación de personas o entidades, conforme a lo establecido en el apartado 3.b) de la base cuarta: documento en el que conste la constitución de la agrupación, indicando los compromisos de ejecución que asume cada uno de los miembros de la agrupación, el importe de la subvención a aplicar a cada uno de ellos, y el nombramiento del representante o apoderado único de la agrupación.
Las personas y entidades beneficiarias de las subvenciones podrán obtener información adicional a través del número de teléfono 925 288 085 y del correo electrónico teatro.musica.cine@jccm.es
LA JUSTIFICACIÓN de las ayudas recibidas se realizará en el plazo de un mes desde la finalización de la actividad subvencionada y siempre antes del 1 de septiembre de 2025; en el caso de que la finalización de la actividad subvencionada sea anterior a la resolución de concesión de la subvención, el plazo de un mes se contará a partir del día siguiente de la publicación de dicha resolución.
Las personas y entidades beneficiarias presentarán el modelo de justificación habilitado al efecto en el apartado Modelos de trámite, junto a la documentación justificativa requerida, en el apartado "Cómo van mis trámites" de la Sede Electrónica, accesible a través del siguiente enlace: https://www.jccm.es/sede/ventanilla/consultar-expediente .
- Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Decreto Legislativo 1/2002, de 19/11/2002, Consejo de Gobierno, POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA
- Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
- Orden 128/2024, de 29 de julio, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la modernización y gestión sostenible de las infraestructuras de las artes escénicas y musicales con cargo al componente 24 de revalorización de la industria cultural del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, y se aprueba su convocatoria para el año 2024. BDNS (Identif.): 777961.
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