Registro de centros de almacenamiento y distribución de envases de GLP

Consejería de Desarrollo Sostenible
Código de procedimiento: 1002254

En plazo

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Presencial

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A través de los siguientes lugares de presentación.

Plazo de presentación:

Plazo abierto todo el año

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Definir el procedimiento de registro de centros de almacenamiento y distribución de envases de GLP de 1ª, 2ª, 3ª, 4ª o 5ª categoría, en base a la comunicación realizada.

Personas físicas o jurídicas titulares de centros de almacenamiento y distribución de envases de GLP

Los establecidos en el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos, aprobado por el RD 919/2006, de 28 de julio, y su ITC-IGC 02.

La documentación se presentará con anterioridad a la puesta en servicio y tras inspección favorable por OCA una vez ejecutado el centro.

La persona titular o su representante deberá presentar documentación que se indica ante la Delegación Provincial:
- Los centros de 1ª categoría: si se considera completa, se remitirá al titular el justificante acreditativo de la presentación de la documentación, tras lo cual podrá proceder a la puesta en servicio.
- Los centros de 2ª, 3ª, 4ª y 5ª categorías podrán ponerse en servicio tras la presentación. En todo caso, ello no supondrá la conformidad técnica por parte de la Administración.

A este procedimiento se le aplica la tarifa nº 8, correspondiente a la tasa en materia de industria, por un importe de: Tarifa 8.1 Instalaciones sin proyecto: 36,48 Euros
Tarifa 8.2. Instalaciones con proyecto, se aplicará una cuota de:
a) En los supuestos de inversión total menor o igual a 10.000 euros: 49,03 Euros
b) Por cada 10.000 euros o fracción adicionales de inversión, se sumarán 6,14 euros, con un límite máximo a abonar de 3.000 euros.

Estimatorio

- Proyecto y certificado final de obra (en el caso de centros de 1ª, 2ª y 3ª categoría), junto con la declaración responsable del técnico competente proyectista y la declaración responsable del técnico competente director de ejecución de los trabajos/obras.
- Plano descriptivo de detalle (centros de 4ª y 5ª categoría)
- Certificado de inspección, por organismo de control autorizado
En caso de modificación, baja o cambio de titularidad o datos, se aportará la documentación que justifique la actuación

Este procedimiento se aplica a los centros destinados a la recepción y almacenamiento de los envases de G.L.P. (bombonas de butano, propano, etc.) para su posterior distribución y venta a los clientes finales en los mismos centros y a domicilio, que se clasifican en las siguientes categorías:

- 1.ª categoría: Con capacidad nominal de contenido total desde 25.001 kg hasta 250.000 kg.
- 2.ª categoría: Con capacidad nominal de contenido total desde 12.501 kg hasta 25.000 kg.
- 3.ª categoría: Con capacidad nominal de contenido total desde 1.001 kg hasta 12.500 kg.
- 4.ª categoría: Con capacidad nominal de contenido total desde 501 kg hasta 1.000 kg
- 5.ª categoría: Con capacidad nominal de contenido total hasta 500 kg, en almacenamientos en estaciones de servicio o en almacenamientos en locales comerciales.

Modelos del trámite

Declaracion Responsable
Solicitud