Solicitud de subvención para el inicio, mantenimiento y consolidación de la actividad de las personas trabajadoras autónomas

Consejería de Economia, Empresas y Empleo
Código de procedimiento: 1004837

Fuera de plazo presentación solicitudes

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

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Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Concesión de ayudas mediante procedimiento simplificado de concurrencia para la concesión de subvenciones públicas para el Inicio, mantenimiento y consolidación de las actividad de las personas trabajadoras autónomas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU y se realiza su convocatoria para el año 2021

Para la línea 1: Personas físicas trabajadoras autónomas y sociedades limitadas unipersonales cuando el único socio que la constituya sea una persona física que desarrolle su actividad en la sociedad. Para la línea 2: Personas físicas trabajadoras autónomas y sociedades limitadas unipersonales cuando el único socio que la constituya sea una persona física que desarrolle su actividad en la sociedad. Deben realizar su actividad en los municipio o núcleos de población de menos de 2000 habitantes definidos como zonas de intensa despoblación o bien en municipios o núcleos urbanos de población de más de 2000 habitantes, definidos como zonas de extrema despoblación, siempre que en el momento de solicitar la ayuda lleven más de 12 meses de alta en el RETA o en Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente y menos de 36 meses.

a) Figurar inscritos en las Oficinas de Empleo de Castilla-La Mancha, como demandantes de empleo, el día anterior al alta en el RETA o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente, para las subvenciones de la línea 1.
b) Haber causado alta en el RETA o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente en el período comprendido entre el 28 de diciembre de 2020 y el día 30 de junio de 2022, y continuar estándolo, ininterrumpidamente, a la fecha de presentación de la solicitud, para las subvenciones la línea 1.
c) Encontrarse dado de alta en el RETA o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente desde los 12 meses siguientes al inicio de la actividad y continuar estándolo, ininterrumpidamente, a la fecha de la presentación de la solicitud, para las subvenciones de la línea 2.

Las subvenciones se otorgarán mediante el procedimiento simplificado de concurrencia, al amparo de lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 4/2021, de 25 de junio, de Medidas Urgentes de Agilización y Simplificación de Procedimientos para la Gestión y Ejecución de los Fondos Europeos de Recuperación. Las resoluciones de concesión se dictarán por orden de presentación de solicitudes, una vez realizadas las comprobaciones de concurrencia de la actuación subvencionable hasta agotar el crédito.

DOS MESES DESDE LA FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD

La cuantía de la subvención será a tanto alzado por un importe de 3.000 euros por persona trabajadora beneficiaria de la línea 1, y de 2.000 euros por persona trabajadora beneficiaria de la línea 2.
La cuantía de la línea 1 se incrementará en un 20% cuando la actividad se desarrolle en municipios o núcleos de población, definidos como zonas en riesgo de despoblación, y en los municipios o núcleos de población de más de 2.000 habitantes, definidos como zonas de intensa población. b) Un incremento del 30% para aquellas solicitudes que se desarrollen en municipios o núcleos de población de menos de 2.000 habitantes, definidos como zonas de intensa despoblación, y en los municipios o núcleos de población de más de 2.000 habitantes, definidos como zonas de extrema despoblación.c) Un incremento del 40 % para aquellas solicitudes que se desarrollen en municipios o núcleos de población de menos de 2.000 habitantes, definidos como zonas de extrema despoblación.

Desestimatorio

a) Documento acreditativo de la capacidad del representante legal de la entidad solicitante para actuar en nombre y representación de la misma.
b) Anexo II
c) Anexo III
d) Anexo IV
e) Anexo V

Para poder presentar la justificación de la ayuda, deberá acceder al trámite PRLC donde está el Anexo VI que es el que debe aportar, junto con la correspondiente documentación.


DIRECCIÓN GENERAL DE AUTÓNOMOS, TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
SERVICIO DE AUTÓNOMOS
autonomos@jccm.es

Modelos del trámite

ANEXO III. Declaración responsable.
ANEXO V. Declaración compromiso ejecución.
Muncipios LINEA 2 Albacete
Apoderamiento.
Municipios LINEA 2 Cuenca
Municipios LINEA 2 Toledo
ANEXO IV. OLAF
Modelo representación.
Municipios LINEA 2 Ciudad Real
Municipios LINEA 2 Guadalajara
Cartel Línea 2
Cartel Línea 1
Anexo II
Anexo VI justificacion .