Reintegro de gastos por prestación ortoprotésica
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Presencial
A través de los siguientes lugares de presentación.
Abierto permanentemente
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Regular el procedimiento para el reintegro de gastos de material ortoprotésico a favor de pacientes con tarjeta sanitaria individual en vigor del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha.
Estos procedimientos resultan aplicables a todos los establecimientos que dispensen material ortoprotésico y a los beneficiarios que tengan tarjeta sanitaria individual en vigor del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha.
a) Que los productos estén incluidos en el Catálogo General de Material Ortoprotésico vigente que resulte de aplicación y en las condiciones e importes establecidos en el mismo.
b) Que hayan sido prescritos por facultativos especialistas en la materia correspondiente a la clínica que justifique la prescripción del Sistema Nacional de Salud, o centros concertados con el SESCAM, a los que el paciente haya sido derivado desde el mismo.
- Excepcionalmente, los médicos de Atención Primaria del SESCAM podrán prescribir sillas de ruedas manuales, andadores, bastones y cojines antiescaras así como cualquier otro producto ortoprotésico que determine la Dirección General de Asistencia Sanitaria del SESCAM.
c) Que la solicitud se presente dentro del plazo fijado en el art. 10.2 de la Orden por la que se regula el procedimiento de reintegro de gastos de asistencia sanitaria en el ámbito del Sescam
3 MESES
Desestimatorio
- Documento de prescripción, extendido por el facultativo especialista en la materia correspondiente.
- Informe médico justificativo para artículos de especial prescripción.
- Factura de adquisición del material ortoprotésico en la que figure de forma expresa el producto dispensado, el código que según Catálogo le corresponde y el importe abonado.
La factura debe cumplir los requisitos legales a los que la empresa suministradora esté sujeta.
- Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud.
- Real Decreto 1506/2012, de 2 de noviembre, por el que se regula la cartera común suplementaria de prestación ortoprotésica del Sistema Nacional de Salud y se fijan las bases para el establecimiento de los importes máximos de financiación en prestación ortoprotésica.
- Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización.
- Corrección de errores de la Orden 136/2018, de 5 de septiembre, de la Consejería de Sanidad, por la que se regula el procedimiento de reintegro de gastos de asistencia sanitaria en el ámbito del Sescam.
- Orden 136/2018, de 5 de septiembre, de la Consejería de Sanidad, por la que se regula el procedimiento de reintegro de gastos de asistencia sanitaria en el ámbito del Sescam.
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