Autorización de traslado de oficina de farmacia.

Consejería de Sanidad
Código de procedimiento: 1002880

En plazo

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Online

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Plazo de presentación:

Abierto permanentemente

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Autorizar los cambios de ubicación de una oficina de farmacia, cumpliendo los criterios de planificación del artículo 36 de la Ley 5/2005, de 27 de junio, de Ordenación del Servicio Farmacéutico de Castilla-La Mancha, modificada por la Ley 2/2015, de 19 de febrero.

Farmacéuticos titulares de oficina de farmacia.

Solo se podrá solicitar traslado de una oficina de farmacia dentro del mismo núcleo de población donde están ubicadas y para el que fueron autorizadas.

Tasa: 502,96 euros.

Desestimatorio

1.Documentación común para todos los tipos de autorizaciones de traslado: -Poder de representación, en su caso. 2.Para la solicitud de autorización de traslado voluntario, además de la documentación común: -Plano de situación en el que se señale con exactitud el emplazamiento del local. -Informe de distancias existentes del local designado respecto a las oficinas de farmacia más próximas y a los centros sanitarios más cercanos, en funcionamiento o en fase de proyecto, de financiación pública o concertados en los que se prescriban medicamentos o productos sanitarios. -Justificación documental de la disponibilidad jurídica del local. -Proyecto de obra redactado por técnico competente y visado, si procede, por su correspondiente colegio profesional relativo al nuevo local que debe contener: -Memoria del proyecto que especifique el cumplimiento de la normativa de accesibilidad y eliminación de barreras arquitectónicas. -Certificaciones del cumplimiento de la normativa en materia de urbanismo, construcciones, instalaciones y seguridad. -Plano de conjunto y detalle especificando las diferentes zonas de que consta la oficina de farmacia. -Planos de instalaciones. 3.Para la solicitud de autorización de traslado forzoso definitivo, además de la documentación exigida en el traslado voluntario: -Documento que acredite la causa alegada. 4.Para la solicitud de autorización de traslado forzoso provisional, además de la documentación exigida en el traslado voluntario: -Documentación acreditativa de la causa que impide la continuidad de la actividad farmacéutica en el local donde se venía ejerciendo. -Si el local para el traslado provisional tiene menos de 60 m2, documentación acreditativa de la superficie útil del local de procedencia. -Compromiso de retorno a la ubicación de origen, este se acreditará mediante declaración responsable.

- Los farmacéuticos de farmacias afectadas por proximidad podrán presentar alegaciones mediante el formulario SK7E en el plazo de 10 días y adjuntar documentos.
- Una vez concedida la autorización de traslado, el farmacéutico titular dispone de un plazo máximo de 6 meses para solicitar la autorización de funcionamiento en el local definitivo o provisional al que se traslada mediante formulario SJUK.
- En caso de traslado provisional el retorno a la ubicación de origen requerirá la presentación de la solicitud de autorización de funcionamiento mediante el formulario SJUK antes de finalización del plazo establecido en la autorización de dicho traslado.

DELEGACIONES PROVINCIALES DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD:
ALBACETE. Avda. Guardia Civil, 5 - Teléfono: 967 55 79 00
CIUDAD REAL. C/ Paloma, 7 - Teléfono: 926 27 60 00
CUENCA. C/ de las Torres, 43 - Teléfono 969 17 65 00
GUADALAJARA. C/ Doctor Fernández Iparraguirre, 1 - Teléfono: 949 88 55 00
TOLEDO. C/ Guadalmena, 2 - Teléfono: 925 26 64 00

Modelos del trámite

Alegaciones
Solicitud