Autorización de exención del servicio de urgencia de oficina de farmacia

Consejería de Sanidad
Código de procedimiento: 1002889

En plazo

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Online

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Plazo de presentación:

Abierto permanentemente

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Autorizar la exención del servicio de urgencias conforme al artículo 8.1, 8.2, 8.3, 8.4 del Decreto 23/2013:
Zona farmacéutica o núcleo de población con oficina de farmacia con horario superior al mínimo oficial. Artículo 8.1.
Oficina de farmacia ubicada en núcleo de población sin centro de salud y en zona farmacéutica que comprenda más de un núcleo de población. Artículo 8.2.
Circunstancias excepcionales. Artículo 8.3.
Exención temporal. Artículo 8.4.

Farmacéuticos titulares de oficinas de farmacia.

Estimatorio

- Poder de representación, en su caso.
- Acreditación de las causas excepcionales a las que se refiere los apartados 3 y 4 del artículo 8.

DELEGACIONES PROVINCIALES DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD:

- ALBACETE. Avda. Guardia Civil, Nº 5. DP-02071. Teléfono: 967 55 79 00
- CIUDAD REAL. C/ Paloma, Nº 7. DP-13071. Teléfono: 926 27 60 00
- CUENCA. C/ de las Torres, Nº 43. DP-16071. Teléfono: 969 17 65 00
- GUADALAJARA. C/ Doctor Fernández Iparraguirre, Nº 1. DP-19071. Teléfono: 949 88 55 00
- TOLEDO. C/ Guadalmena, Nº 2. DP-45071. Teléfono: 925 26 64 00

Modelos del trámite

Escrito alegaciones
Solicitud