Autorización del personal empleado público para solicitar certificación del Registro central de delincuentes sexuales

Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital
Código de procedimiento: 1003936

En plazo

Si deseas recibir alertas sobre actualización de este trámite (alertas, notificaciones, comunicaciones)…
Accede al Servicio de Alertas Informativas

Online

Online

A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Plazo de presentación:

Abierto permanentemente

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Recabar del personal empleado público certificación del registro central de delincuentes sexuales que acredite el requisito para el acceso y ejercicio a las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores, de no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por la trata de seres humanos.

Todo el personal empleado público de administración general que presta o vaya a prestar servicios en los centros o puestos de trabajo incluidos en el anexo i de la resolución de la dirección general de la función pública para la aplicación del artículo 13.5 de la ley orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor, tras la modificación realizada por la ley 26/2015, de 28 de julio, en la administración de la junta de comunidades de Castilla-La Mancha.

Se puede obtener más información en las unidades de personal de las correspondientes consejerías.