Programa Retorno del Talento. Línea 3: Pasaporte de Vuelta.

Consejería de Economia, Empresas y Empleo
Código de procedimiento: 1004089

En plazo

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Presencial

Presencial

A través de los siguientes lugares de presentación.

Plazo de presentación:

El plazo se abre a partir del día siguiente a la publicación del texto completo y del extracto de la resolución del crédito en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. Permanecerá abierto durante la vigencia del presente decreto

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

El Pasaporte de vuelta es un título nominativo, emitido por la Consejería competente en materia de empleo, que certifica que las personas titulares reúnen los requisitos fijados en el artículo 23 y que implica una expectativa para las ayudas previstas en esta línea, destinadas a sufragar los gastos asociados al traslado de la residencia habitual, desde el extranjero hasta la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, siempre y cuando se cumplan los requisitos exigidos para ello.

Personas que hayan residido en España, de forma ininterrumpida, por un período mínimo de doce meses, dentro de los últimos quince años anteriores a la publicación de la resolución y que estén en posesión de titulación universitaria, ciclos formativos o certificados de profesionalidad, cumpliendo, además los requisitos establecidos en el artículo 23.1 del Decreto 52/2020, de 1 de septiembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en el marco del programa Retorno del Talento.

Ademas de los requisitos comunes del artículo 5 del Decreto, deberá cumplir los requisitos específicos del articulo 23.

Estas subvenciones se otorgarán en régimen de concesión directa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 75.2 c) del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, y en el artículo 22.2 c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Desestimatorio

Se presentará el anexo I.C junto con la documentación que en el mismo se indica.

Para la justificación de la ayuda deberán aportar la documentación que viene recogida en el Anexo. I.C


Más información: intermediacion.empleo@jccm.es


Teléfonos: 925 288000

Modelos del trámite

ANEXO I.C