Programa Operativo del Sector de las Frutas y Hortalizas ( Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas)
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Deberán presentarse por las OPFH o sus asociaciones, a más tardar el 15 de septiembre del año anterior al del inicio de su aplicación.
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Establecer en Castilla-La Mancha la forma de presentación de los proyectos de programas operativos del sector de las frutas y hortalizas, a presentar por las Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas de Castilla-La Mancha, a través de la aplicación informática de Gestión de Programas Operativos (GESPRO).
Actuaciones de la Administración:
- Recepción y estudio de las solicitudes de ayuda.
- Resolución del Programa Operativo.
Las Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas (OPFH) y las Asociaciones de Organizaciones de Productores Frutas y Hortalizas (AOPFH) reconocidas mediante el Real Decreto 532/2017, de 26 de mayo, por el que se regulan el reconocimiento y el funcionamiento de las organizaciones de productores del sector de frutas y hortalizas.
Los proyectos de programas operativos deberán recoger el contenido, ajustarse al formato y aportar la documentación que se establece en el Anexo II del Real Decreto 857/2022, de 11 de octubre y, en particular:
- Tener una duración entre tres y siete años.
- Estar aprobados por la asamblea general de la entidad, o el órgano equivalente de la sección si dicha entidad está organizada en secciones, o por un órgano equivalente, según la personalidad jurídica de la organización de productores o asociación de organizaciones de productores.
- Las intervenciones, acciones, actuaciones, inversiones y concepto de gasto deben cumplir con las condiciones de subvencionalidad establecidas en el anexo I del Real Decreto 857/2022, de 11 de octubre
Fase de aprobación: Para las solicitudes de aprobación de nuevo programa operativo se comprobará el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo de 2 de diciembre de 2021 y en el Real Decreto 857/2022, de 11 de octubre.
Tras la realización de los controles fundamentales y auxiliares, administrativos y sobre el terreno, la autoridad competente podrá:
a) Aprobar el programa operativo
b) Aprobar el programa operativo, a condición de que la organización de productores acepte determinadas modificaciones.
c) Rechazar el programa operativo o parte de los mismos.
Se resolverá a más tardar el 31 de diciembre del año de su presentación, pudiendo ampliarse este plazo hasta el 20 de enero del año siguiente a la solicitud.
Estimatorio
1. La persona representante de la OPFH debe adjuntar la siguiente documentación en este formulario:
- Modelo de solicitud de presentación de nuevo programa operativo generado en GESPRO (estado cerrado).
2. La persona representante de la OPFH debe adjuntar telemáticamente la siguiente documentación en la aplicación GESPRO:
- Documentación con la información requerida en los Anexos I y II del Real Decreto 857/2022, de 11 de octubre, que no está incluida en el modelo de solicitud de programa operativo generado por GESPRO.
- Certificado del valor de la producción comercializada calculado conforme al Anexo V del Real Decreto 857/2022, de 11 de octubre
3. La persona representante de la OPFH debe cumplimentar en la aplicación de Sistema de Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas (SOFYH) los indicadores utilizados para llevar a cabo la evaluación ex ante mencionada en los artículos 4.1 y 8.2 a) del Real Decreto 857/2022, de 11 de octubre.
Los programas se ejecutarán entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de cada año.
La notificación de trámites relacionados con la presente solicitud se realizará por la administración de forma electrónica, para lo cual las organizaciones de productores deberán darse de alta en la Plataforma de Notificaciones Electrónicas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha: NOTIFIC@En el supuesto que la OPFH no haya cumplido con la obligación impuesta en el apartado anterior, la administración procederá, de oficio, a darle de alta.
- Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo de 2 de diciembre de 2021 por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) nº. 1305/2013 y (UE) nº. 1307/2013.
- Reglamento Delegado (UE) 2022/126 de la Comisión de 7 de diciembre de 2021 por el que se completa el Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los requisitos adicionales para determinados tipos de intervención especificados por los Estados miembros en sus planes estratégicos de la PAC para el período 2023-2027 en virtud de dicho Reglamento, y a las normas sobre la proporción relativa a la norma 1 de las buenas condiciones agrarias y medioambientales (BCAM).
- Real Decreto 857/2022, de 11 de octubre, por el que se regulan los fondos y programas operativos de las organizaciones de productores del sector de las frutas y hortalizas y de sus asociaciones en el marco de la intervención sectorial del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común.
- Orden 141/2017, de 28 de julio, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, para la presentación de los proyectos de programas y fondos operativos, de sus modificaciones, de la solicitud de ayuda previstos en Real Decreto 533/2017, de 26 de mayo, por el que se regulan los fondos y programas operativos de las organizaciones de productores del sector de frutas y hortalizas, por las organizaciones de productores de frutas y hortalizas de Castilla-La Mancha, a través de la aplicación informática de Gestión de Programas Operativos (Gespro).
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