Ayudas por la primera contratación indefinida de personas por cuenta ajena

Consejería de Economia, Empresas y Empleo
Código de procedimiento: 1004240

Fuera de plazo presentación solicitudes

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

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Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

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Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Regular el procedimiento de concesión directa de subvenciones destinadas a:

Ayudas por la primera contratación indefinida de personas por cuenta ajena, cuyo objeto es fomentar la creación de empleo estable, a la vez que se potencia la iniciativa empresarial en nuestra región.

a) Las personas físicas establecidas como trabajadoras autónomas o por cuenta propia que realicen la actividad en nombre propio.
b) Las personas físicas que formen parte, en su calidad de trabajadoras autónomas, de comunidades de bienes, siempre que las subvenciones se soliciten a título personal y su actividad económica no sea la mera administración de bienes o masas patrimoniales.
c) Las sociedades civiles, siempre y cuando su actividad económica no sea la mera administración de bienes o masas patrimoniales.
d) Las sociedades limitadas unipersonales, cuando la persona física que las constituya desarrolle su actividad en la sociedad.

Además de los requisitos generales del artículo 7 deberán cumplir los siguientes:
a) Mantener el puesto de trabajo subvencionado por un período mínimo de treinta y seis meses.
b) Aportar el formulario incluido como Anexo IX, junto con la documentación exigida en el artículo 36 b) del Decreto y en los plazos indicados en dicho artículo.

El sistema de concesión será por concesión directa, la instrucción la realizará las Direcciones Provinciales de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo.

Lo resolverá la Dirección General de Programas de Empleo, otorgándose según el orden de entrada de las solicitudes, siempre que se cumplan los requisitos establecidos y se acompañe la totalidad de la documentación exigida en cada tipo de ayuda, hasta agotar la disponibilidad presupuestaria que se publicará anualmente mediante resolución.

-Cuando la contratación subvencionable se formalice a jornada completa, con personas desempleadas que no tengan la condición de desempleados de larga duración: 5.140 euros.
-Cuando la contratación subvencionable se formalice a jornada completa, con personas desempleadas que tengan la condición de desempleados de larga duración las ayudas irán desde 5.640 a 6.700 euros, dependiendo de la edad de la persona contratada, que se podrán incrementar en función de los colectivos previstos en el artículo 38.2.
-Cuando la contratación subvencionable se realice mediante contrato por tiempo fijo-discontinuo o a tiempo parcial, la cuantía se minorará de forma proporcional a la jornada que figure en el contrato, en relación con la de un trabajador a tiempo completo.
-La cuantía de la subvención se aumentará en un 20 %, cuando la actividad subvencionada se realice en alguno de los municipios incluidos en el Anexo del Decreto 31/2017, de 25 de abril.

Desestimatorio

Además de la información antes descrita, declara aportar los siguientes documentos digitalizados, junto a la solicitud como archivos anexos a la misma. (Además, en caso de no otorgar la autorización a que se hace referencia en la autorización que consta en el Anexo, deberá presentar la documentación pertinente):

-Escritura pública de constitución y estatutos debidamente inscritos en el registro correspondiente, Número de Identificación Fiscal (NIF) y escritura de apoderamiento de la persona que actúa en nombre y representación de la persona jurídica.
-Alta en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, acompañando certificación del periodo de alta en dicha Mutualidad (en su caso).
-Si es persona física, documentación acreditativa del poder de su representante, en su caso.
-Autorización del trabajador, para cuya contratación se solicita la subvención, para comprobar sus datos laborales y académicos (Anexo VIII).
-En su caso, documentación acreditativa de que la persona contratada es una mujer víctima de violencia de género.
-En su caso, documentación acreditativa de que la persona contratada se encuentra en situación de exclusión social o que procede de una empresa de inserción.
- En su caso, certificado acreditativo de la discapacidad de la persona contratada.

autonomos@jccm.es

Modelos del trámite

Anexo VIII. Declaración autorización para comprobación de datos
Anexo IX. Aportación documentación
Anexo X. Aportación documentación por sucesión empresarial
Modelo Apoderamiento
Aceptación propuesta provisional