Expedición de los títulos académicos y de los suplementos europeos al título de las enseñanzas establecidas en la LOE.
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Presencial
A través de los siguientes lugares de presentación.
Abierto permanentemente
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Autorizar la expedición de los títulos académicos, profesionales y suplementos europeos de acuerdo con la legislación educativa con validez en todo el territorio español, de los estudios realizados por el alumnado en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.
Los beneficiarios serán aquellos alumnos y alumnas que han acreditado el cumplimiento de los requisitos que exigen las normas vigentes para la obtención del título académicos, profesionales o suplementos europeos.
- Alumnado que ha acreditado el cumplimiento de los requisitos que exigen las normas vigentes para su obtención.
- Alumnado que ha pagado la tasa correspondiente, en su caso.
6 MESES
- De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha y otras medidas tributarias y en la restante normativa reguladora que sea de aplicación, la expedición de títulos académicos y sus duplicados podrán devengar la correspondiente tasa en los supuestos concretos establecidos en la ley, excepto la expedición del título de Graduado o Graduada en Educación Secundaria Obligatoria, de Formación Profesional Básica y suplemento europeo al título que no está sujeta al pago de tasa.
Desestimatorio
El cumplimiento de los requisitos será comprobado de oficio por la Administración, salvo oposición expresa del interesado o interesada, en cuyo caso, deberá aportar las documentación correspondiente.
ordenacion.academica@jccm.es
- Decreto 47/2019, de 21 de mayo, por el que se regula la expedición y el registro de los títulos académicos y profesionales no universitarios correspondientes a las enseñanzas establecidas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.
- Orden 67/2021, de 14 de mayo, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se establece el procedimiento de expedición y el registro de los títulos académicos y profesionales no universitarios, y suplementos europeos.
Si deseas recibir alertas sobre actualización de este trámite (alertas, notificaciones, comunicaciones)… Accede al Servicio de Alertas Informativas