Subvenciones destinadas a la modernización y gestión sostenible de las infraestructuras de las artes escénicas y musicales.
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Desarrollo de proyectos dirigidos a la modernización y gestión sostenible de las infraestructuras de las artes escénicas y musicales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resilencia.
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas, las personas físicas y jurídicas, las entidades públicas y privadas, asociaciones sin ánimo de lucro o fundaciones de carácter privado o público dependientes de entidades locales, autonómicas o estatales. En ningún caso podrán obtener la condición de personas o entidades beneficiarias las propias entidades autonómicas convocantes, así como las fundaciones u organismos públicos dependientes de las mismas con personalidad jurídica propia.
Las personas y entidades beneficiarias deben cumplir los requisitos establecidos en la base cuarta de la Orden.
Los criterios son los establecidos en la base undécima de la Orden.
6 MESES.
Desestimatorio
a) Documento acreditativo de la representación, en el caso de que las personas o entidades solicitantes actúen por medio de representante, salvo que utilicen para la firma electrónica un certificado electrónico cualificado de representante que acredite la representación.
b) Anexo I "Datos del proyecto", disponible en la Sede Electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha (https://www.jccm.es).
c) Presupuesto desglosado por partidas, según modelo anexo II "Presupuesto" disponible en la Sede Electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha (https://www.jccm.es).
d) Memoria descriptiva del proyecto, que incluirá: objetivos, actuaciones previstas y cronograma de desarrollo.
e) Acreditación de la propiedad, o, en su caso, de disponibilidad de la infraestructura.
f) Documentación adicional que se quiera aportar (técnica, gráfica, audiovisual, etc.).
En el caso de que la solicitud la presente una agrupación de personas o entidades, conforme a lo establecido en la letra b) apartado 3 de la base cuarta: documento en el que conste la constitución de la agrupación, indicando los compromisos de ejecución que asume cada uno de los miembros de la agrupación, el importe de la subvención a aplicar a cada uno de ellos, y el nombramiento del representante o apoderado único de la agrupación.
El importe máximo de la subvención a conceder, así como el importe máximo de la ayuda solicitada, no podrá exceder del 80% del gasto subvencionable del presupuesto aceptado, con un máximo de 150.000 euros por proyecto.
- Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
- Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
- Decreto Legislativo 1/2002, de 19/11/2002, Consejo de Gobierno, POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA
- Ley 38/2003, General de Subvenciones
- Orden 212/2022, de 7 de noviembre, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la modernización y gestión sostenible de las infraestructuras de las artes escénicas y musicales con cargo al componente 24 de revalorización de la industria cultural del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU, y se aprueba su convocatoria para el año 2022. Extracto BDNS (Identif.): 657999.
- Orden 29/2023, de 13 de febrero, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se modifica la Orden 212/2022, de 7 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la modernización y gestión sostenible de las infraestructuras de las artes escénicas y musicales con cargo al componente 24 de revalorización de la industria cultural del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea Next Generation EU, y se aprueba su convocatoria para el año 2022. Extracto BDNS (Identif.): 657999.
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