Ayudas para la adaptación de los puestos de trabajo de personas trabajadoras con discapacidad.
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Regular el procedimiento de concesión directa de subvenciones para la adaptación de los puestos de trabajo de personas trabajadoras con discapacidad.
Solicitantes: empresas, personas autónomas, sociedades laborales o cooperativas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las entidades sin ánimo de lucro.
Destinatarios finales: los trabajadores con discapacidad, o cuya discapacidad sobrevenga con posterioridad a la contratación, que cumplan con los requisitos específicos establecidos en el artículo 18.
Los requisitos generales para todas las líneas son los del artículo 6.3 del Decreto.
Requisitos específicos de esta línea (artículo 18 del Decreto):
a) La duración de los contratos previstos en el artículo 17.1, b), d), y e) del Decreto, deberá ser igual o superior a 12 meses y en el caso del contrato previsto en el apartado c) deberá ser igual a 12 meses.
b) El servicio instructor correspondiente de la delegación provincial de la consejería competente en materia de empleo solicitará a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, el informe favorable sobre la necesidad de adaptación del puesto de trabajo o de medios especiales de protección personal.
El sistema de concesión será por concesión directa, la instrucción la realizarán las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo. Lo resolverá la Dirección General de Programas de Empleo. Las solicitudes de subvención, completas y con el cumplimiento de requisitos verificado, se tramitarán y resolverán por orden de presentación hasta el agotamiento de la financiación disponible.
DOS MESES A PARTIR DE LA FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD DE AYUDA.
La cuantía de las ayudas de la Línea II será, como máximo, de 1.000 euros por persona trabajadora con discapacidad contratada, que requiera la adaptación del puesto de trabajo o dotación de equipo de protección o eliminación de barreras u obstáculos.
Incremento sobre la cuantía inicial de:
-20%, 30%, 40% para zonas escasamente pobladas o en riesgo de despoblación en funcion de la intensidad de esta situación.
-40% para zonas de extrema despoblación.
Desestimatorio
Escritura pública de constitución y estatutos, en su caso, inscritos en el registro correspondiente.
-Número de Identificación Fiscal de la entidad solicitante.
-Documentación acreditativa del apoderamiento de la persona que actúa en nombre y representación de la persona jurídica.
-Si se trata de una persona física, documentación acreditativa del poder de su representante (en su caso).
-Factura comprensiva de los gastos de la adaptación de los puestos de trabajo o dotación de equipos de protección personal, necesarios para evitar accidentes laborales o para eliminar barreras u obstáculos que impidan o dificulten el trabajo a la persona con discapacidad contratada.
-Autorización del trabajador, para el que se solicita la ayuda de adaptación de puestos de trabajo, a efectos de comprobación de sus datos laborales y de discapacidad (Anexo V). En el supuesto de que la persona con discapacidad se oponga expresamente a la consulta de estos datos por la Administración, deberá aportar certificado expedido por el organismo competente que acredite el tipo y grado de discapacidad.
-Documentación acreditativa del pago de los gastos realizados, de conformidad con lo dispuesto en la Orden de 7 de mayo de 2008, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se regula la forma de acreditación del pago efectivo del gasto realizado en materia de subvenciones.
- Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.
- Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo.
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo.
- Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
- Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Empleo.
- Real Decreto 290/2004, de 20 de febrero, por el que se regulan los enclaves laborales como medida de fomento del empleo de las personas con discapacidad.
- Real Decreto 368/2021, de 25 de mayo, sobre medidas de acción positiva para promover el acceso al empleo de personas con capacidad intelectual límite.
- Decreto Legislativo 1/2002, de 19/11/2002, Consejo de Gobierno, POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA
- Decreto 112/2022, de 11 de octubre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la inserción laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo. Extracto BDNS (Identif.):653466.
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