Subvenciones para la realización de acciones de formación modular para la cualificación y recualificación de la población activa (Plan de Transformación, Recuperación y Resiliencia)

Consejería de Economia, Empresas y Empleo
Código de procedimiento: 1005123

Fuera de plazo presentación solicitudes

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

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Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

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Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Subvenciones para la formación modular destinada a la cualificación y recualificación de la población activa, en el marco en el marco del componente 20 Plan estratégico de impulso de la Formación Profesional del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea - Next Generation EU-, y se realiza su convocatoria para el periodo 2022-2023.

1. Las entidades y centros de formación, públicos y privados, acreditados y/o inscritos en el Registro Estatal de Entidades de Formación.
2. Empresas, a título individual.
3. Agrupaciones de empresas, consorcios, organismos y entidades sectoriales.
4. Entidades sin ánimo de lucro

a) Hallarse al corriente del pago de sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones.
b) No estar incursa en ninguno de los supuestos de incompatibilidad que contempla la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-la Mancha.
c) No estar incursos en ninguna de las circunstancias que recoge el artículo 13. 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
d) Cumplir con la normativa de Prevención de Riesgos Laborales.
e) Disponer de instalaciones y recursos humanos suficientes que garanticen su solvencia técnica
f) No haber sido nunca objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias firmes condenatorias por llevar a cabo prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 34 de la Ley 4/2018, de 8 de octubre, para una Sociedad Libre de Violencia de Género en Castilla-La Mancha

Consultar el artículo 19 de la Orden de bases reguladoras.

a) Hallarse al corriente del pago de sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones. b) No estar incursa en ninguno de los supuestos de incompatibilidad que contempla la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-la Mancha. c) No estar incursos en ninguna de las circunstancias que recoge el artículo 13. 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. d) Cumplir con la normativa de Prevención de Riesgos Laborales. e) Disponer de instalaciones y recursos humanos suficientes que garanticen su solvencia técnica f) No haber sido nunca objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias firmes condenatorias por llevar a cabo prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 34 de la Ley 4/2018, de 8 de octubre, para una Sociedad Libre de Violencia de Género en Castilla-La Mancha

Desestimatorio

- Poder bastante en derecho que acredite las facultades de representación del firmante de la solicitud para actuar en nombre de la persona jurídica solicitante.
- Tarjeta de Identificación Fiscal de la Entidad.
- Anexo V.A. Memoria descriptiva del proyecto formativo (empresas, agrupaciones de empresas, consorcios, organismos y entidades sectoriales)
- Anexo V.B. Memoria descriptiva del proyecto formativo (entidades sin ánimo de lucro)
- Anexo V.C. Memoria descriptiva del proyecto formativo (entidades de formación autorizadas- REEF)
- Anexo VIII. Declaración responsable sobre el cumplimiento del principio de no causar un perjuicio significativo a alguno de los objetivos medioambientales.
- Anexo IX. Autorización expresa de autoridades del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
- Anexo X. Declaración de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del Plan De Recuperación, Transformación Y Resiliencia.
- Anexo XI. Declaración de compromiso en relación con la ejecución de las actuaciones del Plan De Recuperación, Transformación y Resiliencia.
- Acreditación, en el caso de que la entidad beneficiaria realice actividades económicas de la inscripción en el censo de empresarios, profesionales y retenedores de la AEAT, que refleje la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda.
- Certificación de auditor inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, conforme al artículo 13, apartado 3 bis, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (sólo es exigible en el caso de que el importe de la subvención sea superior a 30.000 ¿, si el solicitante es sujeto incluido en el ámbito de aplicación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales y si, de acuerdo con la normativa contable, no puede presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada).

Serán subvencionables los proyectos formativos que reunan las características y requisitos establecidos en la Orden de bases reguladoras.
La justificación de las subvenciones se realizará en régimen de módulos de acuerdo a lo previsto en los artículos 69 y 76 a 79 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, en el plazo de dos meses, a contar desde la finalización de la última acción formativa del proyecto.
Gastos subvencionables y documentación:artículos 10 y 24 y anexo II de la Orden de bases reguladoras.

Modelos del trámite

Anexo IV. Solicitud
Anexo V.B. Modelo Memoria EE.SAL
Anexo V.A. Modelo Memoria Empresa
Anexo VIII. Declaración responsable
Instrucciones Cualificación-recualificación V1
Anexo IX. Autorización expresa autoridades
Anexo XI. Declaración compromiso
Anexo X. Cesión de datos
Anexo V.C. Modelo Memoria EEFF