Justificación de subvenciones -adelante inversión- para el fomento de la inversión y la mejora de la productividad empresarial en Castilla-La Mancha (fie 2019)

Consejería de Economia, Empresas y Empleo
Código de procedimiento: 1005550

En plazo

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Plazo de presentación:

El plazo de justificación será de un mes a partir de la fecha de finalización del plazo de ejecución establecida en la resolución de concesión de la subvención.

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Comprobación técnico-económica de la justificación de la ayuda concedida a las pymes, que quedará reflejada en un informe sobre el grado de cumplimiento de condiciones, en el que se indicará la conformidad de las actuaciones realizadas de acuerdo con la resolución de concesión y la relación de los gastos subvencionables admitidos.

Pymes a las que se les haya concedido una subvención dentro de estas ayudas.

- Realizar el proyecto o actuación subvencionada.
- Justificar ante el órgano concedente, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determine la resolución de concesión de la subvención.
- Someterse a las actuaciones de comprobación.
- Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones.
- Realizar la comunicación y acreditación de los supuestos contemplados en el artículo 23 de la orden de bases reguladoras.
- Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados.
- Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos.
- Cumplir con los requisitos exigidos por la legislación vigente para el ejercicio de su actividad.
- Contar con un mínimo del 25% de la inversión subvencionable en recursos propios.
- Cumplir lo dispuesto en la normativa en materia de igualdad de trato y lo dispuesto en la normativa medioambiental.

Desestimatorio

La cuenta justificativa se formalizará con la presentación del Anexo IV-Solicitud de abono, incluido en la Resolución de convocatoria, a la que se acompañará el Anexo V-Relación clasificada de facturas y gastos realizados, el Anexo VI-Memoria del proyecto empresarial realizado así como el resto de documentación establecida en el art. 24.3 de la Orden de bases reguladoras:

- Facturas justificativas de los gastos realizados.
- Documentación acreditativa del pago efectivo de las facturas.
- Cuentas anuales e impuesto de sociedades (o declaración responsable de que se ha realizado una aportación mínima del 25% de la inversión subvencionable).
- Documentación gráfica que acredite el cumplimiento de las medidas de información y comunicación contempladas en el artículo 8.
- En su caso, relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad.
- Los tres presupuestos que, en su caso y en aplicación del artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, deba haber solicitado el beneficiario.
- Informe de vida laboral a fecha de finalización del plazo de ejecución (en caso de pyme acogida a actividad estacional, además de este informe, deberá aportar informe de plantilla media anual).
- Resolución de alta o informe de vida laboral de los autónomos, en su caso.
- Escritura de constitución de la sociedad y de sus posteriores modificaciones, de no haberse aportado antes.
- En los supuestos de compra de terrenos o edificios nuevos o ya existentes, escritura pública de compraventa y certificado de tasador independiente. En el caso de adquisición de edificaciones ya existentes, nota simple de las inscripciones registrales en los cinco años anteriores.
- En caso de construcción de un edificio, escritura pública de declaración de obra nueva terminada.
- Cuando la inversión se realice mediante leasing, contrato de arrendamiento financiero o leasing.

Todos los trámites relacionados con la justificación se notificarán únicamente de forma electrónica, a través de la plataforma de notificaciones telemáticas en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Para ello, deberán estar dados de alta en la plataforma de notificaciones telemáticas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
https://notifica.jccm.es/Notifica/

Para cualquier duda o aclaración:

Teléfonos:
Albacete: 967557819 - 967557811 - 967557814 - 967557816 - 967557817
Ciudad Real: 926277260 - 926277264 - 926277263 - 926276294
Cuenca: 969179719 - 969177078
Guadalajara: 949887827 - 949887832
Toledo: 925267985 - 925248136 - 925267974 - 925248310

Correo electrónico: serviciodeincentivacion@jccm.es

Más información y documentos de ayuda en la web http://adelante-empresas.castillalamancha.es/

Modelos del trámite

Anexo IV. solicitud abono
Anexo VI. Memoria justificativa
Anexo V. Relación de facturas
Anexo IX Solicitud modificación proyecto