Línea 4: Ayudas por la primera contratación indefinida de personas por cuenta ajena.

Consejería de Economia, Empresas y Empleo
Código de procedimiento: 1005818

Fuera de plazo presentación solicitudes

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Online

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Fomentar la creación de empleo estable a la vez que se potencia la iniciativa empresarial en nuestra región.

Según artículo 4.1: - Personas físicas establecidas como trabajadoras autónomas, que realicen de forma habitual, personal directa, por cuenta propia, una actividad económica y profesional a título lucrativo en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. - Personas físicas que formen parte y se encuentren integradas en comunidades de bienes, sociedades civiles y entidades sin personalidad jurídica. - Personas físicas que se constituyan como sociedades limitadas unipersonales.

Además de los requisitos generales previstos en el artículo 5, deberán cumplir los siguientes:

- El contrato debe ser formalizado co personas que, con anterioridad a la contratación, se encuentren inscritas como demandantes de empleo en la Red de Oficinas de Castilla-La Mancha, siempre y cuando, no se encuentren en alguno de los casos que contempla el artículo 19.1 a) o en alguno de los supuestos reconocidos como relaciones laborales de carácter especial, previstas en el artículo 2 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores o en otras disposiciones legales.

- En el supuesto de contratos por tiempo indefinido celebrados a jornada parcial o contratos por tiempo indefinido fijos-discontinuos, la suma de la jornada en cómputo anual deberá ser, en todo caso, igual o superior al 50% de la jornada ordinaria de la empresa.


Estas subvenciones se otorgarán en régimen de concesión directa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 75.2 c) del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, y en el artículo 22.2 c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Las resoluciones de concesión se dictarán por orden de presentación de solicitudes, una vez realizadas las comprobaciones y hasta agotar el crédito.

Tres meses contados desde el día de la presentación de la solicitud

Desestimatorio

Se presentará el anexo IV, junto con la documentación que en el mismo se indica, al que se acompañará el anexo V, debidamente cumplimentado.

En el caso de haberse producido la sustitución del trabajador con anterioridad a la presentación de la solicitud de la ayuda, también deberá incorporarse el anexo X

Para comunicar la sustitución del trabajador contratado, debe aportarse el anexo X denominado: Comunicación de sustitución de la persona trabajadora, de acuerdo con lo previsto en el artículo 24 d).

Para la justificación de la ayuda, debe aportarse el anexo IX, de acuerdo a lo previsto en el artículo 24 b).


Más información: autonomos@jccm.es


Teléfonos: 925 288000 / 925 265679

Modelos del trámite

Apoderamiento
Modelo de representación
ANEXO IX. Justificación
ANEXO V. Autorizacion trabajador
ANEXO X. Sustitución