SOLICITUD LÍNEA 2. PROGRAMA CLM MÁS SEGURA.

Consejería de Economia, Empresas y Empleo
Código de procedimiento: 1007020

Fuera de plazo presentación solicitudes

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Online

Online

A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Convocar las ayudas de la Línea 2 del Programa Castilla-La Mancha Más Segura, para el ejercicio 2023.


En plazo: Justificación de las ayudas de la Línea 2 del Programa Castilla-La Mancha Más Segura, para el ejercicio 2023

- Personas físicas. - Personas jurídicas privadas con ánimo de lucro. - Entidades privadas sin ánimo de lucro. - Agrupaciones de cualquiera de las anteriores. - Comunidades de bienes, sociedades civiles o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado. Todas deben tener personas trabajadoras por cuenta ajena.

Los previstos en el artículo 4 de la Orden 108/2021, de 6 de julio, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas del Programa Castilla-La Mancha Más Segura.

El procedimiento de concesión de estas ayudas, se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, mediante la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas a partir de la aplicación de los criterios de valoración recogidos en el artículo 13 de la Orden 108/2021, de 6 de julio de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo.

Desestimatorio

Cuando la entidad solicitante no sea persona física: Escritura de constitución, o, documento privado constitutivo.

N.I.F.

Cuando las inversiones se realicen con posterioridad a la presentación de la solicitud: presupuesto/s de las inversiones.

Cuando las inversiones se realicen con anterioridad a la presentación de la solicitud: factura/s relativa/s a la/s actuación/es realizada/s y Certificación de la norma ISO 45001.

Cuando el importe de las inversiones individualmente consideradas sea superior a 15.000 €: tres presupuestos de proveedores distintos.

Documento que acredite la representación del firmante, cuando actúe en representación del solicitante.

Mas información :

https://seguridadlaboral.castillalamancha.es/subvenciones

servicioprevencionriesgos@jccm.es

Teléfonos: 925 288000/925267911


Información correspondiente a la justificación de las ayudas:

Para cada expediente de ayuda otorgada, la entidad beneficiaria deberá presentar la documentación justificativa de la realización y pago de las actuaciones subvencionables y cumplimiento de las condiciones impuestas, en el plazo de los 15 días siguientes a la finalización del plazo de ejecución previsto en la resolución de concesión.

Modelos del trámite

Anexo VI Justificación