Subvenciones a entidades para el desarrollo y mantenimiento de programas y servicios de atención a personas mayores

Consejería de Bienestar Social
Código de procedimiento: 1010196

Fuera de plazo presentación solicitudes

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Online

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Subvencionar a entidades privadas de iniciativa social y universidades públicas, para el desarrollo y mantenimiento de programas y servicios de atención a personas mayores en Castilla-La Mancha.

Entidades privadas de iniciativa social y universidades públicas.


a) Estar legalmente constituidas e inscritas formalmente en los registros que corresponda y, en todo caso, en el registro de servicios sociales de Castilla-La Mancha.

b) Carecer de fin de lucro.

c) Disponer de la estructura y capacidad suficiente para garantizar el desarrollo de las actividades subvencionadas.

d) Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

e) Encontrarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

f) No encontrarse incursas en ninguna de las prohibiciones de los apartados 2 y 3 del artículo 13, de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

g) No estar incurso en causa de incompatibilidad.

h) Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales.

i) Autorización de los centros para el desarrollo de los programas de la Base 4ª.1 e) y f)

j) No haber sido sancionada por resolución administrativa firme o condenada por sentencia judicial firme por prácticas laborales consideradas discriminatorias.


Las universidades públicas deberán cumplir los requisitos de los párrafos c) a j)

Constituyen objetivos prioritarios la promoción de actuaciones de carácter innovador, la atención integral de las personas mayores mediante el desarrollo de programas de investigación, prevención, promoción, protección e inclusión social


Adecuación líneas de actuación.- Hasta 6 p.

Metodología.-Hasta 6 p.

Carácter innovador.-Hasta 4 p.

Porcentaje de financiación.-Hasta 4 p.

Ámbito de actuación.-Hasta 2 p.

Proyectos en zonas prioritarias.- Hasta 2 p.

Personal voluntario.-1 p.

El plazo máximo para resolver y notificar el procedimiento de concesión de las subvenciones convocadas en esta resolución será de tres meses, contado desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Desestimatorio


Las entidades solicitantes no tendrán obligación de presentar documentación acompañando a la solicitud electrónica de iniciación, salvo el formulario del proyecto que estará disponible en la sede electrónica.


Tras la valoración de las solicitudes presentadas, en aquellos casos en los que se prevea que la propuesta de resolución provisional sea favorable a su concesión, se solicitará a la entidad interesada la relación de documentos a aportar que figura en la base décima.4, que no hubieran sido aportados previamente acompañando a la solicitud.


Si la solicitud electrónica de iniciación no reúne los requisitos exigidos, el órgano competente requerirá electrónicamente a la entidad interesada para que proceda, en el plazo de diez días, a subsanar la falta o acompañar los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistida de su petición, previa resolución que deberá ser notificada en la Plataforma de notificaciones telemáticas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.


Contacto en Servicios Centrales: 925 267 305 y 925 288 995.

En Delegaciones Provinciales: Secciones de Mayores. Servicio de Personas Mayores.

Modelos del trámite

Solicitud 2024
Anexo 2024
Ficha Datos Programas 2024
Relación Documentos Justificativos del Gasto 2024
Formulario de justificación programas mayores 2024
Certificado Cumplimiento objetivos 2024
Certificado Gasto Programas 2024
Resumen Gastos Programas Mayores 2024