Línea 4: Subvención por los servicios de ajuste personal y social a través de las unidades de apoyo en los centros especiales de empleo, previstas en el Decreto 85/2022, de 19 de julio.

Consejería de Economia, Empresas y Empleo
Código de procedimiento: 1012576

Fuera de plazo presentación solicitudes

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

El objeto de esta subvención es financiar los costes laborales y de la Seguridad Social a cargo de la entidad beneficiaria, de las personas trabajadoras con contrato indefinido que formen parte de las unidades de apoyo a la actividad profesional en los centros especiales de empleo, devengados y pagados en el periodo comprendido entre el día 1 de enero y el día 31 de diciembre del ejercicio 2023

Los beneficiarios serán los centros especiales de empleo cuando tengan personalidad jurídica propia y figuren inscritos como tales en el Registro de Centros Especiales de Castilla-La Mancha, o bien las entidades titulares de dichos centros, que se ajusten al artículo 43.2 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. Los destinatarios finales son las personas con discapacidad con mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo.

Estar calificado como centro especial de empleo con personalidad jurídica propia y figurar inscrito en el Registro de Centros Especiales de Empleo de Castilla-La mancha, o bien ser entidad titular de dicho centro, de conformidad con el articulo 43.2 del texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre.

Procedimiento de concesión directa.

Desestimatorio

1-Anexo I de autorización de datos personales.

2-Anexo X-A y X-B de acuerdo a los modelos de hojas de cálculo habilitados en la sede electrónica.

3-Nóminas del personal que integra las unidades de apoyo por el que se solicita la ayuda.

4-Justificantes bancarios del abono de las nóminas. En los justificantes deberán constar, según la modalidad de abono, el titular de la cuenta, número de cuenta de origen y destino, importe, fecha de pago, persona beneficiaria de la operación y concepto. No se admitirán en ningún caso pagos en metálico.

5-Relación nominal de trabajadores (antiguo TC2), del personal de unidades de apoyo respecto de todos los meses comprendidos dentro del período subvencionable.

6-Memoria justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de las subvenciones, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos por las unidades de apoyo.

7-En su caso, una relación detallada de otros ingresos y subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación de su importe y su procedencia.

1.La cuantía de las subvenciones por los servicios de ajuste personal y social que prestan las unidades de apoyo a la actividad profesional, se establece en 1.440 euros anuales por cada persona trabajadora con el tipo y grado de discapacidad indicados en el artículo 44.1 del Decreto 85/2022, de 19 de julio. contratada por tiempo indefinido o mediante contrato temporal de duración igual o superior a seis meses.

2. Esta subvención se reducirá proporcionalmente en función de la duración de los contratos de las personas trabajadoras con discapacidad a los que se refiere el apartado anterior, así como en función de la duración de la jornada en el supuesto de que el contrato sea a tiempo parcial.

3. El importe máximo a subvencionar por cada entidad beneficiaria no podrá superar los 60.000 euros por convocatoria.

4.El pago de la subvención se realizará junto con la resolución de concesión, previa comprobación de la documentación jus

Modelos del trámite

1 modifi ANEXO I. Autorizacion datos personales comun.
MODIFI ANEXO X - Solicitud y justificacion Unidades de Apoyo
1. MODIFI ANEXO X A- Relación_personal_plantilla_discapacidad.
1. MODIFI ANEXO X- B Relacion_personal_UAP
Cartel Ayudas CEE
ANEXO X-A. Relacion personal plantilla discapacidad
ANEXO X-B. Relación personal UAP