Subvenciones destinadas al desarrollo de proyectos de largometrajes en Castilla-La Mancha
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
La convocatoria de subvenciones destinadas al desarrollo de proyectos de largometrajes de ficción, documental o de animación en Castilla-La Mancha para el año 2024.
Las empresas (personas físicas o jurídicas privadas), cuyo objeto social sea la producción cinematográfica y/o audiovisual y que tengan la condición de independientes, de conformidad con lo previsto en el artículo 4.n) de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, además de cumplir con los requisitos del apartado 4 del ordinal tercero de la resolución de convocatoria. Se excluyen las asociaciones y demás entidades sin ánimo de lucro, y las contempladas en el apartado 2 del ordinal tercero.
Las entidades beneficiarias deben cumplir los requisitos establecidos en el ordinal tercero de la Resolución de convocatoria.
Los criterios de valoración se contemplan en el ordinal octavo de la resolución de convocatoria:
a) Interés cultural y artístico del proyecto
b) Idoneidad del presupuesto.
c) Viabilidad económica.
d) Viabilidad técnica.
e) Trayectoria de la empresa.
f) La experiencia de la empresa, del director o directora y del productor o productora.
g) Fomento de la actividad de personas creadoras castellano-manchegas.
h) Localizaciones y escenarios de la producción audiovisual en Castilla-La Mancha.
i) Fomento de los valores de igualdad entre mujeres y hombres.
Seis meses.
Desestimatorio
a) Documento acreditativo de la representación, en caso de que las personas o entidades solicitantes no utilicen una modalidad de firma electrónica que acredite la condición de representante.
b) En los supuestos de coproducción, se deberá aportar el contrato de coproducción donde consten los compromisos de ejecución asumidos por cada entidad respecto al proyecto presentado, así como la persona designada como representante único.
c) Anexo I "Datos del proyecto"
d) Anexo II "Datos del presupuesto del proyecto"
e) Memoria descriptiva del proyecto, que incluirá el cronograma del proyecto y el desglose pormenorizado de las actividades que se preven llevar a cabo en la fase de desarrollo, indicándose el plazo de ejecución de cada una de ellas.
f) Sinopsis argumental
g) Borrador del guion
h) Acreditación de los derechos de propiedad intelectual relacionados con el guion, en su caso. Se acompañará contrato en el que se acredite de forma inequívoca la cesión al productor o productora de dichos derechos o bien la cesión de los derechos de opción sobre la obra preexistente.
i) Memoria de la trayectoria profesional de la empresas productora y de sus componentes.
Información adicional a través del teléfono 925 288 085 y del correo electrónico teatro.musica.cine@jccm.es
El proyecto debe desarrollarse entre el 01/01/2024 y el 30/06/2025; los gastos subvencionables serán exclusivamente los comprendidos entre estas fechas.
La justificación de estas ayudas se hará mediante cuenta justificativa simplificada y se presentará de forma telemática con firma electrónica, mediante la presentación del anexo III de "Justificación de la subvención", disponible en la Sede Electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es), incluyendo la documentación especificada en el apartado 3 de la base decimotercera de la Orden 139/2020, de 20 de agosto, modificada por la Orden 93/2023, de 2 de mayo.
El plazo de justificación será de un mes desde el día siguiente a la finalización de la ejecución del proyecto subvencionado.
Las personas o entidades beneficiarias quedan sujetas al cumplimento de las obligaciones establecidas en la base decimoquinta de la citada Orden y en la correspondiente convocatoria.
- Orden 93/2023, de 2 de mayo, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se modifica la Orden 139/2020, de 20 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al desarrollo de proyectos de largometrajes en Castilla-La Mancha.
- Orden 139/2020, de 20 de agosto, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al desarrollo de proyectos de largometrajes en Castilla-La Mancha.
- Orden 84/2024, de 22 de mayo, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se modifica la Orden 139/2020, de 20 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al desarrollo de proyectos de largometrajes en Castilla-La Mancha.
- Resolución de 10/09/2024, de la Viceconsejería de Cultura y Deportes, por la que se convocan las subvenciones destinadas al desarrollo de proyectos de largometrajes en Castilla-La Mancha para el año 2024. Extracto BDNS (Identif.): 784945.
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